Fallo de 2012

 

 

 

Síntesis del Fallo de la Corte de La Haya de 2012

Las dos demandas actualmente en curso tienen un origen similar y están relacionadas con una primera demanda de Nicaragua contra Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, radicada el 6 de diciembre de 2001 y que condujo al Fallo del 19 de noviembre de 2012.

Desde el inicio, todos los gobiernos de Colombia y los equipos designados para defender los intereses de nuestro país han trabajado con diligencia y consultando a las instancias respectivas. 
La defensa de los intereses nacionales ha sido una política de Estado, en la cual las consideraciones partidistas o de coyuntura han quedado en un segundo plano. 

Lo que pretendía Nicaragua en su demanda de 2001 

- Que se declarara inválido el tratado Esguerra-Bárcenas. 

- Que se declarara la soberanía de Nicaragua sobre todas las islas y cayos del Archipiélago de San Andrés y Providencia, que son 10 en total, a saber: San Andrés, Providencia, Santa Catalina, Alburquerque, Cayos del Este-Sudeste, Roncador, Quitasueño, Serrana y Serranilla y Bajo Nuevo. 

- De manera subsidiaria, si reconfirmaban la soberanía de Colombia sobre las islas, estas debían ser enclavadas en aguas nicaragüenses (a San Andrés, Providencia y Santa Catalina solo se les debía adjudicar un mar de 12 millas náuticas y a las demás islas únicamente un mar territorial de 3 millas náuticas). 

- Sostenía que, dado que Quitasueño no emergía en la Alta Marea, como tal no era una isla susceptible de soberanía, sino lo que se llama en el derecho internacional una “elevación de bajamar”. 

- La delimitación de plataformas continentales entre Nicaragua y la costa continental de Colombia. Posteriormente, Nicaragua pidió además que se declarara que tenía una plataforma continental extendida. 

- La delimitación de las Zonas Económicas Exclusivas de los dos países.

- Que se declarara que Colombia no estaba actuando en concordancia con el derecho internacional y por lo tanto le debía una compensación a Nicaragua 

Las decisiones de la CIJ del 13 de diciembre de 2007 y del 19 de noviembre de 2012 

En términos generales se podría decir que Nicaragua no obtuvo sus pretensiones principales contra Colombia, en especial la de apropiarse de las islas del Archipiélago de San Andrés. 

Aunque la CIJ adoptó una decisión sobre la extensión de los espacios marítimos (zonas económicas exclusivas y plataformas continentales) de ambas partes, tampoco acogió las pretensiones maximalistas de Nicaragua respecto al trazado de una frontera marítima por el oriente de las islas y enclavando la totalidad del Archipiélago en aguas nicaragüenses. La CIJ estableció en sus fallos: 

- La validez del tratado Esguerra-Bárcenas.

- Al interpretar el Tratado y su Acta de Canje, en la sentencia sobre excepciones preliminares de 2007, la Corte rechazó la posición tradicional de Colombia según la cual el tratado efectuaba una delimitación marítima, por lo que concluyó que a ella le correspondía determinar la extensión de los espacios marítimos de los dos países y fijar la frontera marítima entre las islas colombianas y la costa nicaragüense. 

- No le concedió a Nicaragua soberanía alguna sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Tampoco le reconoció soberanía sobre ninguno de los cayos del Archipiélago. 

- Tampoco le reconoció a Nicaragua las pretensiones subsidiarias como el enclave total de las islas colombianas. Por el contrario, le reconoció a San Andrés, Providencia y Santa Catalina plenos derechos de Zona Económica Exclusiva y plataforma continental. En el caso de los cayos Quitasueño y Serrana, sí los enclavó y les dio un mar territorial completo de 12 millas – no de 3 millas como era la pretensión nicaragüense. También estableció que, dado que Quitasueño sí emergía, era susceptible de apropiación y es de Colombia. No enclavó ninguno de los otros cayos. 

- Frente a la delimitación marítima, no procedió a hacer la delimitación de la plataforma continental extendida alegada por Nicaragua y la plataforma derivada de la costa continental de Colombia. (Este tema es ahora objeto de un segundo proceso iniciado por Nicaragua, cuya etapa escrita ya terminó, pero respecto del cual la Corte no ha convocado a audiencias).

- Por otra parte, la Corte adoptó una decisión sobre la extensión de las zonas económicas exclusivas de ambas partes, hasta las 200 millas medidas desde la costa de Nicaragua.

- Finalmente, concluyó infundada la pretensión de Nicaragua según la cual Colombia no había actuado en concordancia con el derecho internacional.