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NACIONALIDAD

 

Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad

En virtud de la Resolución 9709 de 2017, corresponden al Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad las siguientes funciones:

  • Estudiar y tramitar las solicitudes de naturalización de extranjeros, renuncia y recuperación de la nacionalidad colombiana, de conformidad con las instrucciones del Director de Asuntos Jurídicos Internacionales.
  • Estudiar los proyectos de ley, de decretos o de resoluciones relacionados con los temas del área, de conformidad con las instrucciones del Director de Asuntos Jurídicos Internacionales.
  • Proyectar y sustanciar, cuando así se requiera y en el ámbito de su competencia, los recursos legales que, en materia de naturalización de extranjeros, renuncia, recuperación de la nacionalidad colombiana y reconocimiento de la condición de refugiado le correspondan al Ministro de Relaciones Exteriores.
  • Proyectar y suscribir respuesta a los derechos de petición, acciones de tutela o constitucionales y consultas a los temas afines con el área, de conformidad con las instrucciones del Director de Asuntos Jurídicos Internacionales.
  • Expedir certificados, a solicitud de los usuarios, de antepasados de extranjeros naturalizados o no, como colombianos por adopción.
  • Proyectar y suscribir comunicaciones de trámite emanadas del Grupo Interno de Trabajo y dirigidas a las Embajadas acreditadas ante el Gobierno nacional, relacionadas con el perfeccionamiento del vínculo de la nacionalidad colombiana por adopción previsto en la legislación interna y de conformidad con las instrucciones del Director de Asuntos Jurídicos Internacionales.
  • Coordinar las acciones y actividades tendientes a la aplicación de los instrumentos internacionales en materia de apatrídia en Colombia.


NORMAS RELEVANTES

 

1. Normograma Externo

Nivel Legal

  • Ley 43 de 1993 – “Por medio de la cual se establecen las normas relativas a la adquisición, renuncia, pérdida y recuperación de la nacionalidad colombiana”

- Corregida mediante Decreto 286 de 1993. En particular los artículos 28 y 38.
- Modificado por Decreto 2150 de 1995. En particular los artículos 6, 8, 9, 13 y 14.
- Modificada por Ley 962 de 2005.

 

  • Ley 962 de 2005 – “Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado”

-Los artículos 40, 41 y 42 modifican, respectivamente, los artículos 6, 9 y 10 de la Ley 43 de 1993.

  • Ley 1212 de 2008 - "Por medio de la cual se regulan las tasas que se cobran por la prestación de los servicios del Ministerio de Relaciones Exteriores con destino al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores."

 

Nivel Reglamentario

  • Decreto 207 de 1993 – “Por el cual se reglamenta la recuperación de la nacionalidad colombiana”
  • Decreto 1869 de 1994 – “Por medio del cual se reglamenta la Ley 43 del 1º de febrero 1993”

 

2. Normograma Interno

Resoluciones

  • La Resolución 1670 de 2011 es derogada por el artículo 18 de la Resolución 9713 de 2017 - “Por medio de la cual se establecen las tarifas que deben pagar los usuarios por los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, con destino a su Fondo Rotatorio”.