Visa M Inversionista

Al extranjero que haya efectuado Inversión Extranjera Directa o haya adquirido inmueble a nombre propio y mantenga dicha inversión o adquisición durante la vigencia de su visa. Esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente, después de transcurrido un tiempo mínimo de permanencia como titular, de 5 años.

Requisitos específicos:

  1. En caso de Inversión Extranjera Directa, aportar los extractos de inversión extranjera que el mismo usuario o su apoderado, obtengan del Sistema de Información Cambiaria del Banco de la República en los que conste el registro de la inversión extranjera directa a su nombre cuyo monto sea superior a seiscientos cincuenta (650) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV) a la fecha de presentación de la solicitud. Para información específica sobre cómo obtener los extractos de su inversión debe consultar la página web del Banco de la República: www.banrep.gov.co
  2. En caso de inversión en inmueble, hasta tanto el Ministerio de Relaciones Exteriores no cuente con un convenio que permita consultar internamente la información, el interesado deberá aportar Certificado de Tradición y Libertad del inmueble cuya titularidad de dominio se encuentre exclusivamente a nombre del extranjero, por un valor mínimo equivalente a trescientos cincuenta (350) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV) a la fecha de presentación de la solicitud,  y los extractos de inversión extranjera que el mismo usuario o su apoderado, obtengan del Sistema de Información Cambiaria del Banco de la República en los que conste el registro de la inversión inmobiliaria a su nombre . Para información específica sobre cómo obtener los extractos de su inversión debe consultar la página web del Banco de la República: www.banrep.gov.co
  3. Demostrar mediante extractos bancarios de los últimos tres meses previos a la solicitud de visa, solvencia económica para permanecer en el país;
  4. Cuando esta visa sea solicitada por segunda vez y subsecuentes, el extranjero deberá demostrar que mantuvo la inversión o la posesión del inmueble durante toda la vigencia de su visa anterior;
  5. Demostrar que cuenta con cubrimiento de salud en Colombia, o con póliza de salud con cobertura en el territorio nacional contra todo riesgo en caso de accidente, enfermedad, maternidad, invalidez, hospitalización, muerte o repatriación, por el tiempo previsto para su permanencia en el país.

Vigencia: Hasta por tres (3) años.

NOTA: Cualquier cambio de circunstancias relacionado con la inversión extranjera que da lugar a la expedición de la visa, que se presente durante la vigencia de esta visa, deberá ser informado por el titular de manera inmediata a la autoridad de Visas e Inmigración a través de los canales de atención establecidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de que esta evalúe la vigencia de la visa.