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Descripción

Procedimiento llevado a cabo por las oficinas expedidoras autorizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores en virtud a las siguientes razones: Por cambio voluntario Por rectificación de datos en el documento de identidad. Por vencimiento. Por daño que impida su uso. Por hurto o pérdida. Cuando el pasaporte vigente no cuente con las páginas suficientes. Por cumplir siete años o por alcanzar la mayoría de edad. Por orden de autoridad competente, comprobación del delito de suplantación, fallecimiento del titular o por reposición. En las demás circunstancias especiales que se regulen en la Resolución 5392 de Agosto 31 de 2015.