Comunicado de Prensa

Con relación a versiones de prensa sobre recientes nombramientos en el exterior, informamos que:

El Ministerio de Relaciones Exteriores siempre ha sido respetuoso de las decisiones emitidas por los despachos judiciales.

Teniendo en cuenta que las demandas están enfocadas al acto administrativo y no a la idoneidad y el cumplimiento de los requisitos de los nombrados, se realizaron de nuevo nombramientos de algunas de las personas que fueron retiradas en cumplimiento de dichos fallos judiciales, dado que no tienen ningún tipo de inhabilidad. Es importante tener en cuenta que dichas personas se encuentran en los lugares donde inicialmente fueron designadas, para que esta nueva designación no genere costos adicionales de desplazamiento.

Vale la pena tener en cuenta que el Consejo de Estado ha señalado que: "Será la entidad en el marco de su competencia la que decidirá respecto a la provisión del cargo, fundamentándose no en los hechos que motivaron la expedición del decreto  «demandado»,  sino en las circunstancias fácticas actuales respecto a la situación jurídica de quienes componen la planta de personal de Carrera Diplomática y Consular lo que dará lugar a la expedición de un nuevo acto administrativo ajeno al que se cuestiona en este proceso". 

De esta manera, y teniendo en cuenta la facultad legal y la necesidad del servicio, y ante la imposibilidad de designar en el cargo a funcionarios inscritos en la Carrera Diplomática y Consular que ya se encuentran en los lugares designados para su alternación, es que se genera la posibilidad de designar a estas personas, toda vez que la misma está reglada bajo los parámetros del Decreto ley 274 de 2000.

Sea esta la ocasión para reiterar que mientras se sigue con el fortalecimiento de la Carrera Diplomática y Consular, hay que nombrar en provisionalidad funcionarios para cumplir con la misión de la entidad, mientras se tienen suficientes personas de Carrera para ocupar la totalidad de los cargos. La entidad es rigurosa en la revisión de las hojas de vida de quienes son nombrados y en velar porque respondan en el cumplimiento de las labores asignadas.

Estamos cumpliendo con todo lo establecido en el Decreto Ley 274 de 2000 en lo que respecta a nombramientos, ascensos, traslados y alternaciones correspondientes.

Bogotá, 16 de julio de 2018.

 

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