(Bogotá, Nov 12 de 2010) (OP). En relación con la decisión adoptada la presente semana por la Corte Europea de Derechos Humanos que impide la extradición a Colombia del ciudadano israelí Yair Klein, el Ministerio de Relaciones Exteriores se permite informar las acciones realizadas por el Gobierno Nacional en ese caso:
- La Cancillería tramitó de manera inmediata ante la Embajada de Colombia en Moscú la solicitud del Juez Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Manizales, con el fin de que las autoridades de la Federación de Rusia capturaran y extraditaran a Yair Klein por los delitos de “instrucción y entrenamiento en tácticas, técnicas o procedimientos militares o terroristas agravada por haberse cometido con mercenarios y concierto para delinquir […]”, detención que se llevó a efecto el 27 de agosto de 2007 en Moscú.
- Las autoridades de Rusia aprobaron la solicitud de extradición a Colombia, decisión que fue apelada por el señor Klein ante la Corte Europea de Derechos Humanos el 26 de mayo de 2008
- Colombia adelantó gestiones para intervenir en calidad de tercero, por no ser Estado parte del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
- En marzo de 2009, la Corte Europea de Derechos Humanos, desestimó la intervención de Colombia.
- La Corte Europea de Derechos Humanos dictamino el 1° de abril de 2010 que la extradición del señor Klein a Colombia no era procedente por el presunto riesgo de tratos degradantes o inhumanos a los que podría estar expuesto el peticionario.
- Frente a esa decisión, el Ministerio de Relaciones Exteriores adelantó acciones diplomáticas destinadas a demostrar el cumplimiento del debido proceso y de condiciones dignas de reclusión en el caso de operar la extradición.
- Rusia presentó solicitud de reenvío del caso a la Corte Europea de Derechos Humanos para que la decisión fuera reconsiderada. El 4 de noviembre de 2010 el Colegio de la Corte decidió no autorizar el reenvío del caso, determinación que es vinculante para los Estados parte del mencionado Convenio.
- La Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales de la Cancillería continuará estudiando vías judiciales alternas a las expuestas, toda vez que éstas últimas se han agotado de acuerdo con lo previsto en el citado Convenio.