Sus observaciones son importantes en la construcción del Decreto "Por el cual se adiciona el Titulo IX de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1067 de 2015, con el fin de reglamentar la operación y funcionamiento de los Centros Nacionales de Atención en Frontera (CENAF) y los Centros Binacionales de Atención en Frontera (CEBAF)".
Plazo para enviar sus observaciones: 4 al 19 de octubre de 2022
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