Respecto al caso del connacional fallecido en Estados Unidos:

 

Bogotá (jul. 17/19). La Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, a través del Consulado de Colombia en San Francisco, tuvo conocimiento de un accidente automovilístico ocurrido el 2 de julio de 2019, en el cual falleció el connacional Miguel Ángel Prada Camacho, por lo que procedió a brindar la debida asistencia a sus familiares y orientación sobre los trámites que debían realizar con el propósito de repatriar los restos mortales a Colombia.

Desde el día en que ocurrieron los hechos, el Consulado ha estado prestando el acompañamiento a los familiares del connacional Prada Camacho, manteniendo permanente contacto telefónico (diariamente) con el señor Fabian Prada y la señora Aura Camacho. Incluso, los familiares del señor Prada Camacho recibieron asesoría presencial en Bogotá y tuvieron la oportunidad de viajar a la capital para adelantar las gestiones tendientes a tramitar pasaporte y VISA americana, pues su interés desde el primer momento fue viajar a Estados Unidos para hacerse cargo del caso de forma personal. Todas las inquietudes, incluso de trámites no relacionados con la repatriación del cuerpo, han sido absueltas y se ha otorgado la orientación siempre que así lo han requerido los familiares del fallecido.

Desde la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano se entregó Nota Verbal a los señores Fabián Prada y Aura Camacho para facilitar su trámite ante las autoridades americanas, al tiempo que a través del Consulado de Colombia en San Francisco se realizaron gestiones para lograr hospedaje, alimentación, transporte a los connacionales con el apoyo de la comunidad colombiana residente en el exterior, una vez llegaran al país norteamericano.

Sobre la repatriación del cuerpo, es importante indicar que si bien han pasado 15 días desde que ocurrieron los hechos, solo hasta el pasado viernes (12 de julio) los familiares del connacional fallecido tomaron la decisión de contratar los servicios de una funeraria local en Idaho, decisión indispensable para la liberación del cuerpo por parte de las autoridades forenses y la cual fue recomendada desde el inicio del caso.

Desde ese momento han pasado 4 días hábiles, en los cuales los familiares han estado coordinando con la funeraria los temas logísticos y técnicos, los cuales implican una serie de gestiones por parte de la funeraria contratada tendientes a garantizar temas de salubridad, transporte, cumplimiento de requisitos, documentación y demás a que haya lugar. El Consulado, justamente por el acompañamiento otorgado a los familiares, tiene conocimiento de que han existido una serie de dificultades, específicamente porque la aerolínea no cuenta con un vuelo directo desde Idaho. No obstante, dichas dificultades deberán ser atendidas por la funeraria contratada para la repatriación.

Desde la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano y el Consulado de Colombia en San Francisco se seguirá prestando toda la orientación posible y asistencia requerida en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, acatando la normatividad vigente sobre protección de datos personales y en estricto respeto a las competencias de las autoridades americanas encargadas de la investigación.

 

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