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Control Disciplinario Interno

Por mandato de la Ley 734 de 2002, esta dependencia ejerce la función disciplinaria, tanto sancionadora como preventiva, respecto de los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su fondo Rotatorio.

Funciones: Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores y ex servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores por infracción a la ley disciplinaria. Además de la labor sancionatoria, se adelantan campañas preventivas, exhortando a los servidores al cumplimiento de sus deberes.

Información adicional de interés para los ciudadanos: La Ley Disciplinaria se fundamenta en el mandato constitucional, según el cual  los servidores públicos, a diferencia de los particulares, no solo responden por infracción de la Constitución y la ley, sino además por la omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones, por lo que su comportamiento debe ser ejemplar frente a la sociedad.

El 28 de enero de 2019 se expidió la Ley 1952 Nuevo Código General Disciplinario. Posteriormente, la Ley 1955 del 2019 Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 en su Artículo 140 prorrogó la entrada en vigencia del Código General Disciplinario, hasta el 01 de julio 2021. Por lo anterior, continua vigente la Ley 734 de 2002 para todos los efectos disciplinarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.

 

Información de contacto:

María Eugenia Gaviria Arango
Jefe Oficina
Carrera 6 No. 9-46, Oficina OH101
Teléfono 3814000 Ext. 1015
[email protected]