RESOLUCION 639 DE 2015
(febrero 6)
<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1746 de 2013>
Por la cual se adopta el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores para el año 2015
LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES
En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por la Ley 9 de 1979, la Ley 99 de 1993, el Decreto 3355 de 2009 y el Decreto 3930 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 1562 de 2012, el Sistema General de Riesgos Laborales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 1562 de 2012, el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Resolución 1443 de 2014, tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SG-SST, que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.
Que conforme a lo previsto en el artículo 348 del Código Sustantivo de Trabajo, el artículo 84 de la Ley 9 de 1979, el artículo 21 del Decreto Ley 1295 de 1994, el artículo 26 de la Ley 1562 de 2012, el 2 de la Resolución 2400 de 1979 y el numeral 6 de la Circular Unificada 2004 de la Dirección General de Riesgos Profesionales del Ministerio de Protección Social; los empleadores son responsables de proveer y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, y de suministrar elementos de protección y equipos de trabajo que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1746 de 2013> Adoptar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores del año 2015, documento que se entiende incorporado en el presente acto para todos los efectos legales.
ARTÍCULO 2o. OBJETIVO GENERAL. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1746 de 2013> El objetivo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo es proteger y mantener la salud física y mental de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, en sus puestos de trabajo y en la Entidad en general, proporcionándoles condiciones seguras e higiénicas, con el fin de evitar accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
ARTÍCULO 3o. OBJETIVOS ESPECIFICOS. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1746 de 2013> Los objetivos específicos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores son:
- Propender por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones de vida y salud de la población.
- Prevenir todo daño de la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo, y
- Proteger a las personas contra riesgos ocupacionales, que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo.
ARTÍCULO 4o. ACTIVIDADES DEL SISTEMA DE GESTIÓN. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1746 de 2013> Para el logro de los objetivos planteados en los artículos 2 y 3 de la presente resolución, se adelantarán actividades del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del año 2015, contemplando los siguientes subprogramas:
Aseguramiento Legal y de Gestión
Tiene como finalidad dar cumplimiento a los requisitos mínimos legales aplicables al Ministerio de Relaciones Exteriores.
SUB PROGRAMA | Descripción |
Aseguramiento Legal y de Gestión - Actualizar información para el aseguramiento legal. - Socializar información para el aseguramiento legal. - Acompañamiento de gestión. - Implementación del Sistema de Gestión y Seguridad y en el Trabajo según el Decreto 1443 de 2014. | Promover el conocimiento y generar procedimientos para el aseguramiento legal como herramienta fundamental para el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo |
Medicina del Trabajo, Promoción y Prevención
Tiene como finalidad prevenir enfermedades y promocionar la salud por medio de actividades que buscan identificar los factores intralaborales y extralaborales que puedan afectar la salud de los funcionarios.
SUB PROGRAMA | Descripción |
Medicina del Trabajo, Promoción y Prevención - Planear por medio de cronograma de actividades - Realziar seguimiento según resultados de Exámenes Médicos Ocupacionales Periódicos. - Realizar campañas de promoción y prevención. | Fomentar la prevención de patologías de origen laboral y/o común y promocionar la salud de los funcionarios |
Seguridad Industrial
Tiene como finalidad ofrecer lugares de trabajo más seguros y saludables, previniendo incidentes, accidentes de trabajo y efermedades laborales.
SUBPROGRAMA | Descripción |
Seguridad Industrial - Elaboración de informes de investigación e inspecciones de seguridad - Implementación de programas de Seguridad Industrial | Fomentar la cultura de seguridad que permita identificar actos y condiciones inseguras que pueden generar accidentes de trabajo |
Plan de Emergencias
Es el conjunto de actividades que planea la organización para estar preparados ante una posible amenza, tanto natural como tecnológica: (terremotos, inundaciones, incendios, bomba, terrorismo, sismo, asonadas, entre otros).
SUB PROGRAMA | Descripción |
Plan de Emergencias - Planear por medio de cronograma de actividades - Capacitar a los funcionarios de las sedes en Brigadas de Emergencias | Desarrollar actividades ára la prevención y preparación apra la mitigación y el control de las emergencias que se puedad presentar en el MRE |
Higiene Industrial
Es el conjunto de actividades que busca la prevención de enfermedades laborales por medio de la identificación, evaluación y control de los factores de riesgos generadores.
SUB PROGRAMA | Descripción |
Higiene Industrial - Seguir con la implementación del PVE de Riesgo Biomecánico - Seguir con la ejecución de las actividades para controlar los factores de riesgo psicosociales | Mantener el desarrollo de actividades de vigilacia Epidemiológico tanto del Riesgo Biomecánico como el Psicisocial que conlleven a patologías, logrando un mejoramiento del ambiente laboral y de la calidad de vida de los funcionarios. |
Campañas y Capacitación
Es el conjunto de actividades que busca el fortalecimiento de la cultura y la concienciación frente a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
SUB PROGRAMA | Descripción |
Campañas y Capacitación - Realizar campañas que refuercen el conocimiento del autocuidado frente al mecanismo de los accidentes que presentan más incidencia. - Realizar capacitación COPASST | Realizar actividades de fortalecimiento de la cultura del autocuidado para prevenir accidentes de trabajo según los casos que se presentan en la caracterización de la accidentalidad de los años anteriores, con el fin de minimizar el riesgo y bajar la accidentalidad. |
ARTÍCULO 5o. CRONOGRAMA. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1746 de 2013> El Grupo Interno de Trabajo de Bienestar, Desarrollo de Personal y Capacitación, dentro del mes siguiente a la expedición de la presente resolcuión, elaborará el cronograma de las actividades que se van desarrollar, dentro de cada uno de los subprogramas señalados en el artículo anterior.
ARTÍCULO 6o. EJECUCIÓN. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1746 de 2013> El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se desarrollará en el Ministerio de Relaciones Exteriores con la colaboración de la Administradora de Riesgos Laborales, el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, las Entidades Promotoras de Salud, y otras Entidades gubernamentales y particulares.
ARTÍCULO 7o. SUJECIÓN A LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1746 de 2013> En todo caso, las actividades programadas en el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, estarán sujetas a la disponibilidad presupuestal que se asigne para la vigencia.
ARTÍCULO 8o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 1746 de 2013> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 0314 del 15 de enero de 2014.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C. a los
MARÍA ÁNGELA HOGUÍN CUÉLLAR
Ministra de Relaciones Exteriores