CIRCULAR 48 DE 2019
(mayo 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Bogotá, D.C.,
PARA: COORDINADORES, DIRECTORES
DE: CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
ASUNTO: INFORMES TRIMESTRALES Y FINALES DE SUPERVISION
Respetados Directores y Coordinadores,
Dando Cumplimiento a lo establecido en la Ley 80 de 1993 “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública” y sus decretos reglamentarios, y de conformidad con la Guía del Supervisor[1] del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, de manera atenta me permito recordar a todos los supervisores de contratos, la obligación de remitir al Grupo Interno de Trabajo de Licitaciones y Contratos, los informes trimestrales[2] y finales de supervisión y del contratista, de los contratos con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.
Dicha información deberá ser radicada en la Coordinación de Licitaciones y Contratos antes del 31 de mayo de 2019.
Al respecto, es menester recordar que el incumplimiento de las obligaciones como supervisor de contratos puede hacerlo acreedor de sanciones disciplinarias. Cordialmente,
1. GC-G5-01 Guía de Supervisor e interventor
2. Los informes trimestrales no aplican para los contratos de prestación de servicios y apoyo a la gestión y deben presentarse en el formato GC-FO-54 Informe periódico de supervisión.
Los informes finales y del contratista deben ser presentados en los formatos: GC-FO-20 Informe Final de Supervisión y GC-FO-18 Informe contratista, que podrán ser consultados en el Sistema Maestro de Gestión y deberán estar acompañados del documento que certifique que el contratista estaba a paz y salvo con los aportes al Sistema de Seguridad Social, en la fecha de finalización del Contrato.