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RESOLUCIÓN 5706 DE 2008

(noviembre 5)

Diario Oficial No. 47.169 de 10 de noviembre de 2008

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por medio de la cual se modifican los artículos 1o y 2o de la Resolución número 1259 del 20 de abril de 2004.

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,

en uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren los Decretos 2400 de 1968, 1950 de 1973 y 1679 de 1991

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Modificar el artículo 1o de la Resolución número 1259 del 20 de abril de 2004, en el sentido de incluir en el Despacho del Ministro un nuevo Grupo de Trabajo, así:

DEPENDENCIA GRUPO INTERNO DE TRABAJO
DESPACHO MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES1. Jefatura de Gabinete
2. Comunicación interna y externa
3. Prensa

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Modificar el artículo 2o de la Resolución número 1259 del 20 de abril de 2004, con relación a las funciones del Grupo de Trabajo de Comunicación Interna y Externa y fijar las funciones del Grupo Interno de Trabajo de Prensa, así:

DESPACHO DEL MINISTRO

1. GRUPO DE COMUNICACION INTERNA Y EXTERNA

DESCRIPCION DE FUNCIONES

1. Manejar la imagen corporativa e institucional del Ministerio.

2. Asesorar al Ministro en lo referente a la imagen institucional, la divulgación de las actividades y programas de información del Ministerio, tanto en el ámbito nacional como internacional, en el interior del país y en las misiones diplomáticas y oficinas consulares.

3. Diseñar y ejecutar las estrategias de comunicación para promover la generación de una cultura corporativa en pro del desarrollo de la misión institucional, y brindar apoyo y asistencia técnica en materia de comunicaciones a todas las dependencias del Ministerio que lo requieran.

4. Comunicar las actividades, programas y firma de convenios del Ministerio de Relaciones Exteriores a los funcionarios de la planta interna y a las misiones diplomáticas y oficinas consulares de Colombia en el mundo.

5. Articular y suministrar la información sobre las actividades del Ministerio a las Embajadas y Consulados acreditados en Colombia.

6. Mantener contacto permanente con la dependencia responsable de la comunicación de las otras entidades públicas, en especial de la Presidencia de la República y los Ministerios.

7. Recopilar la información pertinente requerida por las misiones de Colombia en el exterior, referente a los temas de política exterior y de Gobierno, de acuerdo con los lineamientos fijados por el Ministro.

8. Coordinar las invitaciones a Colombia de líderes de opinión internacionales.

9. Articular las comunicaciones internas del Ministerio.

10. Actualizar permanente de la base de datos de formadores de opinión y grupos de interés, a través de la cual se envía información pertinente para el desarrollo de la política exterior.

11. Mantener la información actualizada y sistematizada relacionada con la misión del Grupo de Comunicaciones.

12. Mantener informados de las gestiones del Ministerio a grupos de interés como academia, ONG, formadores de opinión y sector privado, a través de canales de comunicación no masivos.

13. Coordinar con las demás áreas la elaboración, corrección, diseño y edición de los libros y publicaciones que el Ministro recomiende.

14. Diseñar su plan de gestión, y una vez aprobado, implementarlo y efectuarle seguimiento y evaluación.

15. Presentar a las dependencias competentes del Ministerio los informes sobre la gestión realizada.

16. Suministrar a las dependencias competentes del Ministerio la información relacionada con sus necesidades presupuestales.

17. Las demás que les sean asignadas y por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.

2. GRUPO DE PRENSA

DESCRIPCION DE FUNCIONES

1.Coordinar y divulgar la información hacia los medios de comunicación nacional e internacional de las actividades, programas y decisiones del Ministerio.

2. Informar oportunamente al Ministro, los Viceministros y al Secretario General del Ministerio sobre los acontecimientos nacionales e internacionales divulgados por los medios de comunicación.

3. Coordinar con los medios de comunicación nacionales e internacionales el cubrimiento de visitas oficiales de mandatarios y misiones diplomáticas a nuestro país.

4. Organizar y coordinar la realización de ruedas de prensa del Ministro o de la persona delegada por él.

5. Mantener contacto permanente con las oficinas de prensa de las entidades públicas en especial, la Presidencia de la República y los ministerios.

6. Recopilar y divulgar la información requerida por los medios de comunicación nacionales e internacionales, referente a los temas de política exterior.

7. Elaborar comunicados de prensa y boletines de noticias de las decisiones y actividades del Ministerio.

8. Manejar y actualizar el contenido de la página web del Ministerio y de las misiones, según lo establecido en el plan de homologación de páginas web.

9. Realizar y divulgar videos y fotografías de la gestión del Ministro y la Cancillería.

10. Coordinar y elaborar diariamente de dos monitores de prensa con las noticias de Colombia que registran los medios de comunicación de mundo.

11. Coordinar y actualizar permanente de la base de datos de periodistas, a través de la cual se difunden los boletines de prensa, fotografías y comunicados oficiales.

12. Coordinar la Sala de Prensa Internacional y de los equipos de videoconferencia del Ministerio.

13. Mantener la información actualizada y sistematizada relacionada con la misión del grupo.

14. Diseñar su plan de gestión, y una vez aprobado, implementarlo y efectuarle seguimiento y evaluación.

15. Presentar a las dependencias competentes del Ministerio los informes sobre la gestión realizada.

16. Suministrar a las dependencias competentes del Ministerio la información relacionada con sus necesidades presupuestales.

17. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución número 1259 del 20 de abril de 2004.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 5 de noviembre de 2008

El Ministro de Relaciones Exteriores,

JAIME BERMÚDEZ MERIZALDE.

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
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3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

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4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
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