RESOLUCIÓN 5119 DE 2010
(noviembre 22)
Diario Oficial No. 47.903 de 24 de noviembre de 2010
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Por la cual se adiciona la Resolución 4255 del 30 de septiembre de 2010.
LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,
en uso de sus facultades legales y, en especial, de las que le confieren el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y numeral 13 del artículo 6o del Decreto 3355 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 4255 del 30 de septiembre de 2010 se crearon unos grupos internos de trabajo en la Secretaría General.
Que según lo dispone el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de las entidades públicas podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo.
Que conforme a lo dispuesto en el inciso 3o del precitado artículo, en el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6o, numeral 13, del Decreto 3355 de 2009, corresponde al Ministro de Relaciones Exteriores crear, organizar y reglamentar, mediante resolución, grupos internos de trabajo, con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas, planes, estrategias y programas del Ministerio.
Que con el fin de facilitar y coordinar los procesos y actividades para la gestión de información y tecnología en el Ministerio de Relaciones Exteriores, es necesario adicionar la Resolución 4255 de 2010 para crear los grupos internos de trabajo de Sistemas de Información, Servicios Tecnológicos y Gestión de TIC.
Que en mérito de lo expuesto,
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RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Crear los siguientes grupos internos de trabajo en la Secretaría General
DEPENDENCIA | GRUPO INTERNO DE TRABAJO |
Dirección de Gestión de Información y Tecnología | 1. Sistemas de Información 2. Servicios Tecnológicos 3. Gestión de TIC |
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Corresponde a los grupos internos de trabajo creados en el artículo 1o de la presente resolución ejercer las siguientes funciones:
1. Grupo de Sistemas de Información
1. Proponer, desarrollar e implantar sistemas de información que apoyen la gestión de las diferentes dependencias del Ministerio y el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la entidad.
2. Planificar los sistemas de información que requiere la entidad y definir un marco de referencia para su desarrollo o adquisición.
3. Apoyar la gestión de las dependencias a través del análisis, diseño, desarrollo y control de calidad de los sistemas informáticos.
4. Aplicar las mejores prácticas en las etapas de análisis, diseño, construcción e implantación de las aplicaciones que requiera el Ministerio.
5. Definir criterios y velar por el cumplimiento de los mecanismos de disponibilidad, seguridad y acceso a la información de los sistemas informáticos que se desarrollan en la Dirección.
6. Adelantar la investigación, evaluación y puesta en marcha de nuevos recursos tecnológicos que aseguren la integridad de la información.
7. Diseñar, programar y documentar las aplicaciones y servicios para los sistemas de información, aplicando las mejores prácticas en términos de seguridad, administración, reusabilidad y comunicación en cada uno de los componentes y prototipos de los sistemas de información.
8. Adelantar los procesos de mantenimiento de software para solucionar problemas detectados e implementar mejoras al mismo.
9. Evaluar y monitorear los riesgos asociados al desarrollo e implementación de los sistemas de información.
10. Cumplir con las políticas y estrategias del Gobierno Nacional en materia de Tecnologías de Información y Comunicaciones, TIC.
11. Realizar las actividades de evaluación de las aplicaciones en producción.
12. Coordinar y adelantar los procesos de inducción, reinducción y capacitación a usuarios.
13. Participar en la elaboración de los manuales de la Dirección.
14. Redactar y revisar informes, proyectos, instructivos, manuales, instrumentos técnicos y documentos similares que deban elaborarse o analizarse en desarrollo de las funciones asignadas al grupo.
15. Preparar los informes solicitados por la Dirección y organismos de control relacionados con las funciones del grupo interno de trabajo.
16. Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo y conservación.
17. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.
2. Grupo de Servicios Tecnológicos
1. Apoyar a la Dirección en la planificación, coordinación y evaluación de la seguridad de los sistemas de información y diseño y administración de bases de datos y redes.
2. Administrar las bases de datos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
3. Adelantar las actividades necesarias para el procesamiento de la información y la elaboración y actualización del Plan de Seguridad de la Información.
4. Mantener una red de datos del Ministerio, operativa, eficiente, segura, constantemente monitoreada y con una planeación adecuada y debidamente documentada.
5. Operar el sistema de computación central y mantener el sistema disponible para los usuarios.
6. Apoyar a la Dirección en la planificación, coordinación y evaluación de las actividades concernientes al soporte del usuario final de los distintos sistemas y servicios que presta el Ministerio.
7. Desarrollar las actividades de soporte a los usuarios del Ministerio para el uso correcto de los equipos asignados.
8. Mantener informado al jefe inmediato sobre el funcionamiento de los servicios tecnológicos del Ministerio.
9. Cumplir con todas las políticas y estrategias del gobierno en materia de Tecnologías de Información y Comunicaciones, TIC.
10. Participar en la elaboración de los manuales de la Dirección.
11. Redactar y revisar informes, proyectos, instructivos, manuales, instrumentos técnicos y documentos similares que deban elaborarse o analizarse en desarrollo de las funciones asignadas al grupo.
12. Preparar los informes solicitados por la Dirección y organismos de control relacionados con las funciones del grupo interno de trabajo.
13. Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo y conservación.
14. Cumplir con las normas, reglamentos y procedimientos establecidos por la Dirección para el desarrollo de las funciones asignadas.
15. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.
3. Grupo de TIC
1. Elaborar y actualizar el plan estratégico de gestión de información y tecnología del Ministerio de Relaciones Exteriores.
2. Adelantar las actividades de planeación a corto, mediano y largo plazo que requiera realizar la Dirección en desarrollo del plan estratégico de gestión de información y tecnología.
3. Coordinar y administrar los proyectos de gestión de información y tecnología a cargo de la Dirección.
4. Proponer e implementar el desarrollo y administración de la seguridad de la información, incluyendo la revisión de políticas, estándares y guías.
5. Fomentar el acceso a las Tecnologías de Información y Comunicación y la sostenibilidad de dicho acceso, con la articulación de actores, programas y proyectos, tanto al interior del Ministerio, como con entidades externas.
6. Investigar, probar y analizar los productos de hardware y software disponibles en el mercado que puedan ser utilizados para el cumplimiento del plan estratégico de gestión de información y tecnología.
7. Elaborar los términos de referencia para las adquisiciones requeridas en materia de hardware y software.
8. Supervisar la ejecución de los contratos y apoyar la liquidación de los mismos.
9. Definir e implementar el modelo de seguimiento y evaluación de la gestión de la Dirección.
10. Desarrollar los perfiles de personal de la Dirección a través de la elaboración y ejecución de un plan de formación, capacitación y actualización especializada.
11. Coordinar e implementar las políticas y estrategias del Gobierno Nacional en materia de Tecnologías de Información y Comunicaciones, TIC.
12. Participar en la elaboración de los manuales de la Dirección.
13. Redactar y revisar informes, proyectos, instructivos, manuales, instrumentos técnicos y documentos similares que deban elaborarse o analizarse en desarrollo de las funciones asignadas al grupo.
14. Preparar los informes solicitados por la Dirección y organismos de control relacionados con las funciones del grupo interno de trabajo.
15. Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo y conservación.
16. Cumplir con las normas, reglamentos y procedimientos establecidos por la Dirección para el desarrollo de las funciones asignadas.
17. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona la Resolución 4255 de 2010.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de noviembre de 2010.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR.