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RESOLUCION 4221 DE 2015

(julio 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5822 de 2017>

“Por la cual se integra el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores para el periodo 2015 - 2017”

Resumen de Notas de Vigencia

NOTAS DE VIGENCIA:

- Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5822 de 25 de julio de 2017, 'por la cual se integra el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo (COPASST) del Ministerio de Relaciones Exteriores.'

- Modificada por la Resolución 3243 de junio de 2016, 'por la cual se modifica parcialmente el artículo 1° de la Resolución 1381 del 21 de marzo de 2011.'

- Modificada por la Resolución 1381 de 28 de marzo de 2016, 'por la cual se modifica parcialmente el artículo 1o de la Resolución 7197 del 13 de noviembre de 2015.'  

- Modificada por la Resolución 7197 de 13 de noviembre de 2015, 'por la cual se modifica parcialmente el artículo 1o de la Resolución 4221 del 9 de julio de 2015.'

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 25 del Decreto 614 de 1984, el artículo 63 del Decreto 1295 de 1994 y la Resolución 2013 de 1986 dictada por el Ministerio de Protección Social, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1295 de 1994 determina que el Sistema General de Riesgos Profesionales forma parte del Sistema de Seguridad Social Integral establecido por la Ley 100 de 1993.

Que el artículo 1o del Decreto 1295 de 1994 consagra como objetivos del Sistema General de Riesgos Profesionales al conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y accidentes  que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

Que el artículo 25 del Decreto 0614 de 1984, establece que en todas las empresas o instituciones públicas o privadas se constituirá un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial integrado por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores.

Que el artículo 63 del Decreto 1295 de 1994, señala que a partir de su entrada en vigor, dicho comité se denominará Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO, cuyos miembros lo integraran por dos (2) años.

Que en armonía con lo anterior, el artículo 1 de la Resolución 2013 de 1986 dispuso que las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, deben conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.

Que el artículo 5 de la misma norma, menciona que el empleador nombrará directamente a sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre.

Que mediante Resolución 2357 del 24 de abril de 2013, se integró en el Ministerio de Relaciones Exteriores el Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO, conformado por dieciséis (16) funcionarios principales y suplentes, de los cuales ocho (8) son delegados por la Señora Ministra y los restantes electos por los funcionarios.

Que en cumplimiento de lo señalado en el artículo 63 del Decreto 1295 de 1994, se hace necesario conformar mediante acto administrativo un nuevo Comité Paritario de Salud Ocupacional en el Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que debe convocarse a elección de los ocho (8) miembros Representantes de los empleados, cuatro (4) principales y cuatro (4) suplentes, respectivamente.

Que el artículo 2o del Decreto 1443 del 31 de julio de 2014, parágrafo 1 describe que en aplicación a lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1562 de 2012, para todos los efectos se entenderá como seguridad y salud en el trabajo todo lo que antes de la entrada en vigencia de dicha ley hacía referencia al término salud ocupacional.

Que en el Parágrafo 2 del mismo artículo establece que conforme al parágrafo anterior a partir de la fecha de publicación del Decreto 1443 del 31 de julio de 2014, se entenderá el Comité Paritario de Salud Ocupacional como Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo y el Vigía en Salud Ocupacional como Vigía en Segundad y Salud en el Trabajo, quienes tendrán las funciones establecidas en la normatividad vigente.

Que la elección de los representantes de los trabajadores, tuvo lugar los días 12 al 15 de mayo del año en curso, resultando elegidos como representantes de los trabajadores principales y suplentes, de acuerdo con la información contenida en el acta de cierre de elecciones del COPASST 2015, los siguientes funcionarios:

TITULARES

NombreCargoNo. de Votos Obtenidos
Franklin Ruiz RojasTécnico - Grupo interno De Trabajo Correspondencia36
Julio Cesar Paez GómezAsesor - Oficina Asesora De Planeación Y Desarrollo Organizacional36
Ana Mercedes Suarez GonzálezSecretario Ejecutivo - Dirección De Asuntos Políticos32
Cesar Augusto Montano SierraOperario Calificado - Grupo Interno De Trabajo Servicios Generales27

SUPLENTES

NombreCargoNo. de Votos Obtenidos

Leonardo Fabio Cuestas Garda
Asesor - Grupo interno De Trabajo Administración De Personal
17
Claudia Patrida Prada PicoAsesor - Grupo interno De Trabajo Control Interno De Gestión17
Nory Zubieta MolanoAuxiliar Administrativo - G.I.T. Financiero y Servicios al Exterior12
Myriam Estella Caro HerreraTécnico Operativo - Grupo Interno De Trabajo Servicios Tecnológicos10

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.<Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5822 de 2017><Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 3243 de 2016. El nuevo texto es el siguiente.> El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, estará integrado por los siguientes miembros:

1. POR PARTE DEL MINISTERIO:

NOMBRECARGO
Carmenza Naranjo TrujilloDirector de Talento Humano
Sandra Milena Osorio CórdobaAsesor GIT de Asuntos Pensionales
Edgar Alberto Martínez GarcíaAsesor GIT de Servicios Generales
Ricardo Ríos CortésAuxiliar Administrativo GIT de Servicios Generales

SUPLENTES

NOMBRECARGO
Hivon Maritza SanabriaTécnico Administrativo GIT Archivo
Cesar Augusto Cufiño CufiñoAsesor GIT de Servicios Generales
Gustavo Hernando Madariaga HortaTécnico GIT de Apostilla y Legalizaciones
Víctor Alonso Arias GarciaAsesor Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional

2. POR PARTE DE LOS FUNCIONARIOS

TITULARES

NOMBRECARGO
Julio Cesar Paez GomezAsesor Oficina Asesora de Planeación Y
Desarrollo Organizacional
Ana Mercedes Suarez GonzalezSecretario Ejecutivo de la Dirección De Asuntos Políticos
Cesar Augusto Montano SierrazOperario Calificado GIT de Servicios Generales
Leonardo Fabio Cuestas GarciaAsesor GIT Europa Central, Oriental y Euroasia

SUPLENTES

NOMBRECARGO
Claudia Patricia Prada PicoAsesor GIT de Control Interno De Gestión
Nory Zubieta MolanoAuxiliar Administrativo GIT Financiero y Servicios al Exterior
Myriam Estella Caro HerreraTécnico Operativo GIT de Servicios Tecnológicos
Edisson Javier Urrego SarmientoAsesor GIT de Control Interno de Gestión

PARÁGRAFO 1o. Los miembros del Comité Paritario ejercerán sus funciones durante un periodo de dos (2) años, contados a partir de la expedición de la Resolución 4221 del 9 de julio de 2015.

PARÁGRAFO 2o. El comité será presidido por el Director de Talento Humano o quien haga sus veces.

PARÁGRAFO 3o. El Comité en pleno elegirá al Secretario entre la totalidad de sus miembros.

Notas de Vigencia

- Artículo derogado  por el artículo 3 de la Resolución 5822 de 25 de julio de 2017, 'por la cual se integra el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo (COPASST) del Ministerio de Relaciones Exteriores.'

- Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 1381 de 28 de marzo de 2016, 'por la cual se modifica parcialmente el artículo 1o de la Resolución 7197 del 13 de noviembre de 2015.'

Legislación Anterior

Texto con la modificación introducida por la Resolución 1381 de 2016:

ARTÍCULO PRIMERO. El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, estará integrado por los siguientes miembros:

1. POR PARTE DEL MINISTERIO :

NOMBRE   CARGO

Carlos Alberto Rodriguez Córdoba           Director de Talento Humano

Sandra Milena Osorio Córdoba    Asesor GIT de Asuntos Pensionales

Edgar Alberto Martínez García Asesor GIT de Servicios Generales

Ricardo Ríos Cortés Auxiliar Administrativo GIT de  Servicios Generales

SUPLENTES

NOMBRE CARGO

Hivon Maritza Sanabria                      Técnico Administrativo GIT Archivo

Cesar Augusto Cufiño Cufiño Asesor GIT de Servicios Generales

Gustavo Hernando Madariaga Horta  Técnico GIT de Apostilla y Legalizaciones

Víctor Alonso Arias Garcia Asesor Oficina

2. POR PARTE DE LOS FUNCIONARIOS

TITULARES

NOMBRE CARGO

Julio Cesar Paez Gomez            Asesor Oficina Asesora de Planeación Y

                                                     Desarrollo Organizacional

Ana Mercedes Suarez Gonzalez Secretario Ejecutivo de la Dirección De Asuntos Políticos

Cesar Augusto Montano Sierraz  Operario Calificado GIT de Servicios Generales

Leonardo Fabio Cuestas Garcia  Asesor GIT Europa Central, Oriental y Euroasia

SUPLENTES

NOMBRE CARGO

Claudia Patricia Prada Pico Asesor     GIT de Control Interno De Gestión

Nory Zubieta Molano            Auxiliar Administrativo GIT Financiero y Servicios al  Exterior

Myriam Estella Caro Herrera        Técnico Operativo GIT de Servicios Tecnológicos

Edisson Javier Urrego Sarmiento            Asesor GIT de Control Interno de Gestión

PARÁGRAFO 1o.  Los miembros del Comité Paritario ejercerán sus funciones durante un periodo de dos (2) años, contados a partir de expedición de esta Resolución.

PARÁGRAFO 2o. El comité será presidido por el Director de Talento Humano o quien haga sus veces.

PARÁGRAFO 3o. El Comité en pleno elegirá al Secretario entre la totalidad de sus miembros.

Texto con la modificación introducida por la Resolución 7197 de 2015:

ARTÍCULO PRIMERO. El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, estará integrado por los siguientes miembros:

1. POR PARTE DEL MINISTERIO :

TITULARES

NOMBRE                                               CARGO

Carlos Alberto Rodriguez Córdoba Director de Talento Humano

Maria del Pilar Lugo Gonzalez Asesor GIT de Control Interno de Gestión

Edgar Alberto Martínez García Asesor GIT de Servicios Generales

Ricardo Ríos Cortés    Auxiliar Administrativo GIT de Servicios                                                                                          Generales

SUPLENTES

NOMBRE                                      CARGO

Divia Desideria Cepeda Rojas   Asesor GIT de Pasaportes Calle 53

Cesar Augusto Cufiño Cufiño   Asesor GIT de Servicios Generales

Gustavo Hernando Madariaga Horta Técnico GIT de Apostilla y Legalizaciones

Víctor Alonso Arias Garcia     Asesor Oficina de Planeación y Desarrollo                                                                         Organizacional

2. POR PARTE DE LOS FUNCIONARIOS

TITULARES

NOMBRE                                CARGO

Franklin Ruiz Rojas                  Técnico GIT de Correspondencia

Julio Cesar Paez Gernez   Asesor Oficina Asesora De Planeación Y                                                                           Desarrollo Organizacional

Ana Mercedes Suarez González Secretario Ejecutivo de la Dirección De                                                                        Asuntos Políticos

Cesar Augusto Montano Sierra Operario Calificado GIT de Servicios Generales

SUPLENTES

NOMBRE                                      CARGO

Leonardo Fabio Cuestas Garcia   Asesor Dirección de Talento Humano

Claudia Patricia Prada Pico        Asesor GIT de Control Interno De Gestión

Nory Zubieta Molano Auxiliar  Administrativo GIT Financiero y Servicios al                                                                    Exterior

Myriam Estella Caro Herrera Técnico Operativo GIT de Servicios                                                                                   Tecnológicos                                           

Texto original de la Resolución 4221 de 2015:

ARTÍCULO PRIMERO: El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, estará integrado por los siguientes miembros:

1. POR PARTE DEL MINISTERIO:

TITULARES

Nombre Cargo

Rocío Guzmán Montoya Directora de Talento Humano

Carlos Alberto Rodríguez Córdoba Jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno

Edgar Alberto Martínez García Asesor Grupo Interno de Trabajo de Servicios Generales

Ricardo Ríos Cortés Auxiliar Administrativo del Grupo Interno de Trabajo de Servicios Generales

SUPLENTES

Nombre Cargo

Divia Desideria Cepeda Rojas Asesor del Grupo interno de Trabajo de Pasaportes Calle 53

Víctor Alonso Arias García Asesor de la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional

Cesar Augusto Cufiño Cufiño Asesor Grupo interno de Trabajo de Servicios Generales

Gustavo Hernando Madariaga Horta Técnico - Grupo Interno de Trabajo Apostilla y Legalizaciones

2. POR PARTE DE LOS FUNCIONARIOS

TITULARES

Nombre Cargo

Franklin Ruiz Rojas Técnico - Grupo interno De Trabajo Correspondencia

Julio Cesar Paez Gómez Asesor - Oficina Asesora De Planeación Y Desarrollo Organizacional

Ana Mercedes Suarez González Secretario Ejecutivo - Dirección De Asuntos Políticos

Cesar Augusto Montano Sierra Operario Calificado - Grupo interno De Trabajo Servicios Generales

SUPLENTES

Nombre Cargo

Leonardo Fabio Cuestas García Asesor - Grupo Interno De Trabajo Administración De Personal

Claudia Patricia Prada Pico Asesor - Grupo Interno De Trabajo Control Interno De Gestión

Nory Zubieta Molano Auxiliar Administrativo - G.I.T. Financiero y Servicios al Exterior

Myriam Estella Caro Herrera Técnico Operativo - Grupo Interno De Trabajo Servicios Tecnológicos.     

PARÁGRAFO 1o. Los miembros del Comité Paritario ejercerán sus funciones durante un periodo de dos (2) años, contados a partir del 17 de julio de 2015.

PARÁGRAFO 2o. El Comité será presidido por el Director de Talento Humano o quien haga sus veces.

PARÁGRAFO 3o. El Comité en pleno elegirá al Secretario entre la totalidad de sus miembros.

ARTÍCULO SEGUNDO. REUNIONES DEL COMITÉ.<Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5822 de 2017> El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores se reunirá de forma ordinaria dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, y en forma extraordinaria en caso de accidente de trabajo grave o riesgo inminente, dentro de los tres (3) días siguientes a la ocurrencia del hecho.

PARÁGRAFO 1o. A las reuniones solo asistirán los miembros principales, los suplentes asistirán solo ante la ausencia debidamente justificada por escrito de los miembros principales y previa convocatoria al suplente correspondiente por parte del presidente del COPASST.

PARÁGRAFO 2o. El quorum para sesionar estará conformado por la mitad más uno de los miembros principales del Comité. Pasados los primeros 30 minutos dela hora señalada para la reunión, el Comité podrá sesionar con los miembros presentes, y sus decisiones tendrán plena validez.

Notas de Vigencia

- Artículo derogado  por el artículo 3 de la Resolución 5822 de 25 de julio de 2017, 'por la cual se integra el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo (COPASST) del Ministerio de Relaciones Exteriores.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA.<Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5822 de 2017>La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias en especial las Resoluciones 2356 y 2357 del 24 de abril de 2013.

Notas de Vigencia

- Artículo derogado  por el artículo 3 de la Resolución 5822 de 25 de julio de 2017, 'por la cual se integra el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo (COPASST) del Ministerio de Relaciones Exteriores.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C. a los

MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUELLAR

MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

 

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores
ISSN 2256-1633
Última actualización: 29 de abril de 2025

 

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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