RESOLUCIÓN 3956 DE 2009
(Septiembre 7)
<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Por la cual se adopta el Plan de Salud Ocupacional del del <sic> Ministerio de Relaciones Exteriores
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por la Ley 909 de 2004, la Ley 9 de 1979, el Decreto 614 de 1984 y el Decreto Ley 1295 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el objetivo básico del Sistema General de Riesgos Profesionales es la promoción de la salud ocupacional y la prevención de los riesgos laborales, para evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Que conforme a lo previsto en los artículos 348 del Código sustantivo de trabajo; 80, 81 y 84 de la Ley 9 de 1979; 21 del Decreto Ley 1295 de 1994; 2o de la Resolución 2400 de 1979 y el numeral 6 de la Circular Unificada de 2004, los empleadores son responsables de la salud ocupacional de sus trabajadores y de proveerles condiciones seguras de trabajo.
Que, de acuerdo con la Resolución 1016 de 1989, las actividades y subprogramas que deben ser contemplados dentro del Plan de Salud Ocupacional, se encuentran los siguientes: Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo, Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial y acompañamiento al Comité Paritario de Salud Ocupacional
Que el Programa de Salud Ocupacional, debe velar por el cumplimiento de la normatividad establecida y realizar actividades para proteger, mejorar las condiciones físicas, mentales y sociales de los trabajadores en sus puestos de trabajo, para que se desempeñen de una manera adecuada y eficiente, permitiendo su crecimiento personal y familiar y, a la vez, repercutiendo positivamente en el mejoramiento continuo del Ministerio.
Que de conformidad con lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN. Adoptar el Plan de Salud Ocupacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que se entiende incorporado en el presente acto para todos los efectos legales.
ARTÍCULO 2o. OBJETIVO GENERAL. El objetivo del Plan de Salud Ocupacional consiste en proteger y mantener la salud física, mental y social de los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, en sus puestos de trabajo y en la entidad en general, proporcionándoles condiciones seguras e higiénicas con el fin de evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
ARTÍCULO 3o. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Los objetivos específicos del Plan de Salud Ocupacional del Ministerio de Relaciones Exteriores son los siguientes:
- Propender por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones de vida y salud de la población.
- Prevenir todo daño de la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo, y
- Proteger a las personas contra los riesgos relacionados con ergonómicos, cardiovascular, psicosociales y otros derivados de la organización laboral que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo.
ARTÍCULO 4o. ACTIVIDADES DEL PLAN. Para que el logro de los objetivos antedichos, se adelantarán actividades de salud ocupacional en el Ministerio de Relaciones Exteriores, contemplando los siguientes subprogramas:
Subprograma de higiene y seguridad industrial
Tiene como finalidad ofrecer lugares de trabajo más seguros y saludables, previniendo incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desarrollando las actividades que a continuación se enuncian:
1. Actualización del Programa de Salud Ocupacional.
2. Actualización y levantamiento de panorama de riesgos.
3. Actualización y levantamiento del Plan de Emergencias.
4. Conformación y capacitación de las Brigadas de Emergencias en primeros auxilios, evacuación y control de incendios, simulacros.
5. Mediciones de acuerdo a los riesgos.
6. Diagnóstico ergonómico y recomendaciones.
7. Determinación de las necesidades en cuanto al suministro de los elementos de protección personal.
8. Reporte, investigación y análisis de accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
9. Elaborar y desarrollar un plan de gestión ambiental.
10. Inspecciones de la seguridad en los puestos de trabajo.
11. Campañas para el manejo adecuado del papel, agua, energía y residuos sólidos y conservación del medio ambiente.
12. Dar a conocer los riesgos en el trabajo a los funcionarios y cómo prevenir los accidentes.
Subprograma de medicina preventiva y del trabajo
Con estas actividades se pretende prevenir y controlar las enfermedades comunes, ocupacionales y de alto riesgo que se pueden ocasionar por el desarrollo de la tarea y el ambiente de trabajo:
1. Campañas de vigilancia epidemiológica de enfermedades profesionales, patología relacionada con el trabajo y ausentismo por tales causas.
2. Adecuar espacios para el descanso y la recreación, como medios para la recuperación física y mental de los trabajadores.
3. Charlas de estilo de vida y trabajo saludable (tabaquismo, alcoholismo y drogadicción).
4. Diseñar y ejecutar programas para la prevención y control de enfermedades generadas por los riesgos psicosociales.
5. Diseñar y ejecutar actividades para preparación a la jubilación.
6. Promover actividades de recreación y deporte.
Comité Paritario de Salud Ocupacional y Vigías Ocupacionales
1. Capacitación y asesoría en inspecciones planeadas y el sistema general de riesgos profesionales.
2. Apoyo y participación en las actividades de Salud Ocupacional, entre otras.
ARTÍCULO 5o. EJECUCIÓN. El Plan de actividades de Salud Ocupacional se desarrollará en el Ministerio de Relaciones Exteriores con la colaboración de la Administradora de Riesgos Profesionales, el Comité Paritario de Salud Ocupacional, las Entidades Promotoras de Salud y otras Entidades gubernamentales y particulares.
ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los 7 SEP. 2009
JAIME BERMUDEZ MERIZALDE
Ministro de Relaciones Exteriores.