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RESOLUCIÓN 2301 DE 2020

(septiembre 7)

Diario Oficial No. 51.430 de 07 de septiembre de 2020

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se deroga la Resolución número 6619 del 26 de diciembre de 2008.

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el literal a) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el numeral 17 del artículo 7o del Decreto número 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 357 del 23 de julio de 2008, emanada por la Contaduría General de la Nación, se adoptó, el procedimiento de control interno contable y de reporte del informe anual de evaluación a la Contaduría General de la Nación.

Que mediante Resolución número 6619 del 26 de diciembre de 2008 se adoptó el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y se creó el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública, con el objeto de prestar asesoría a los responsables de la información financiera, económica y social, con el propósito de garantizar la presentación de información razonable y oportuna y de contribuir a la cultura del autocontrol en los procesos y procedimientos en el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que mediante Resolución número 193 del 5 de mayo de 2016, emanada por la Contaduría General de la Nación, se incorporó, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del control interno contable, derogando así la Resolución número 357 del 23 de julio de 2008.

Que el numeral 3.2.2 del anexo de la Resolución número 193 del 5 de mayo de 2016, emanada por la Contaduría General de la Nación, indica que las entidades deberán contar con herramientas tendientes a la mejora continua y de sostenibilidad de la información financiera de manera que se genere información con las características fundamentales de relevancia y representación fiel. Estas herramientas pueden ser de diversa índole, como la creación del Comité Técnico de Sostenibilidad Contable o la implementación de herramientas sustentadas en políticas, procedimientos, directrices, instructivos, lineamientos o reglas de negocio que propendan por garantizar de manera permanente la depuración y mejora de la calidad de la información financiera.

Que teniendo en cuenta que las disposiciones de la Resolución número 193 del 5 de mayo de 2016, emanada por la Contaduría General de la Nación, han sido incorporadas en el Manual de Políticas Contables del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, actualmente en aplicación, se hace necesario derogar la Resolución número 6619 del 26 de diciembre de 2008.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. DEROGACIÓN. Derogar la Resolución número 6619 del 26 de diciembre de 2008 por la cual se adopta el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución número 6619 del 26 de diciembre de 2008.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 7 de septiembre de 2020.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Claudia Blum.

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


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