RESOLUCIÓN 1537 DE 2005
(Abril 14)
<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Por medio de la cual se crean y se establecen las funciones de los Grupos Internos de Trabajo
EL VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA
MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES
en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 110 de 2004
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Crear Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores en la siguiente forma
DEPENDENCIA | GRUPO INTERNO DE TRABAJO |
DIRECCION DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO. | 1. Derecho Internacional Humanitario. |
2. Derechos Humanos sobre Asuntos ante la Organización de Estados Americanos. | |
3. Derechos Humanos sobre Asuntos ante la Organización de las Naciones Unidas. |
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Las funciones que tendrán a su cargo los grupos creados en el artículo primero de esta Resolución son los siguientes:
DIRECCION DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL
HUMANITARIO
1. GRUPO INTERNACIONAL HUMANITARIO
DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Asistir al Director (a) en la atención de los requerimientos de los Organismos Internacionales en lo: relativo a presuntas, infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
2. Asistir al Director (a) fin la atención de los asuntos relacionados con la Corte Penal Internacional.
3. Asistir al Director (a) en la atención de los asuntos relativos a la asistencia humanitaria, el desplazamiento forzado y el refugio, en interlocución con las entidades y organismos encargados del tema, y en la promoción y aplicación de los principios rectores de las Naciones Unidas, en la materia.
4. Asistir al Director (a) en la interlocución con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) con el fin de promover la capacitación implementación y respeto del Derecho Internacional Humanitario en Colombia.
3. <sic> Asistir al Director (a) en la atención de los temas relacionados con resoluciones, proyectos y decisiones emanados de la Subsecretaría General para Asuntos Humanitarios y del Coordinador para Asistencia Humanitaria de Naciones Unidas (OCHA), así como lo relativo a Informes de Misiones extrajeras o de organismos internacionales para el logro de la Paz.
5. <sic> Asistir a las reuniones que traten sobre temas de Derecho Internacional Humanitario a las que convoquen al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, por delegación del Director (a).
6. Proyectar los informes que sobre Derecho Internacional Humanitario requieran los diferentes organismos internacionales y hacer seguimiento a las observaciones y recomendaciones que efectúen los mismos, así como asistir al Director (a) en la <sic> defunciones los avances obtenidos en seguimiento de éstas.
7. Conceptuar sobre la firma, adhesión ratificación y depósito de instrumentos internacionales en materia de Derecho Internacional Humanitario, y hacer seguimiento de los mismos.
8. Hacer seguimiento de los compromisos adquiridos por Colombia con la ratificación de los instrumentos internacionales en materia de Derecho Internacional Humanitario y asistir al Director (a) en la promoción su aplicación en el ámbito nacional.
9. Asistir al Director (a) en la coordinación de la participación y posición de Colombia en foros internacionales en materia de Derecho Internacional Humanitario, mediante la elaboración de instrucciones a las Misiones de Colombia en el exterior.
10. Coordinar y atender las visitas que realicen al país representantes de organizaciones que estén relacionadas con el Derecho Internacional Humanitario.
11. Asistir al Director (a) en la organización, en coordinación con la Academia Diplomática de San Carlos, seminarios, foros o cursos sobre Derecho Internacional Humanitario, enfatizando en temas propios de la realidad nacional.
12. Las demás que le sean asignadas por el Director (a), y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.
2. GRUPO DERECHOS HUMANOS SOBRE ASUNTOS ANTE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS
DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Asistir al Directora (a) en la atención de los casos denunciados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por presuntas violaciones de Derechos Humanos en Colombia.
2. Asistir al Director (a) en |a formulación, atención y seguimiento de las soluciones amistosas.
3. Hacer seguimiento a las solicitudes de información, medidas cautelares y provisionales, otorgadas por la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos y a los compromisos asumidos por los organismos del Estado.
4. Proyectar oportunamente las respuestas a los requerimientos de la Comisión y la Cuite Interamericana de Derechos Humanos, sobre las gestiones adelantadas por las autoridades nacionales en relación con casos, solicitudes de información medidas cautelares y provisionales, y demás solicitudes.
5. Ejercer la secretaria técnica del Grupo Técnico Interinstitucional, coordinando las reuniones y respuestas que se darán en los casos, medidas cautelares y provisionales.
6. Ejercer la secretaria técnica del Comité de la Ley 288 de 1995.
7. Elaborar en coordinación con otras entidades si así se requiere los informes que sobre Derechos Humanos requieran los diferentes órganos de la OEA y hacer seguimiento a las observaciones y recomendaciones que efectúen los mismos.
8. En el ámbito de la Organización de Estados Americanos (OEA), conceptuar sobre la firma adhesión, ratificación y depósito de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.
9. Asistir al Director (a) en la difusión entre las instituciones competentes los compromisos adquiridas por Colombia con la ratificación de los instrumentos internacionales en el marco de la OEA y promover su aplicación en el ámbito nacional.
10. Hacer seguimiento a las recomendaciones que en materia de Derechos Humanos y DIH efectúen a Colombia los diferentes órganos de la OFA y difundir les avances obtenidos en seguimiento de las mismas.
11. Asistir al Director (a) en la coordinación de la participación y posición de Colombia en foros de la Organización de Estados Americanos en materia de Derechos Humanos en particular la Comisión, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Asamblea de Naciones Unidas.
12. Asistir al Director (a) en la organización, en coordinación con la Academia Diplomática de San Carlos, de seminarios, foros o cursos sobre Derechos Humanos, enfatizando en temas propios de la realidad nacional.
13. Seguimiento a los asuntos relativos a Mujer Niñez Migrantes indígenas. Población Afrocolombiana, Raizales, Rom; Tráfico de personas, trabajadores migrantes y demás temas que surjan en el ámbito de la OFA.
14. Coordinar y atender las visitas que realicen al país representantes de organizaciones de Derechos Humanos, cuando estén interesados en asuntos a su cargo.
15. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.
3. GRUPO DERECHOS HUMANOS SOBRE ASUNTOS ANTE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS.
DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Asistir al Director (a) en la atención de los casos por presuntas violaciones a los derechos humanos en Colombia denunciados ante el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.
2. Asistir al Director (a) en la atención de las quejas o denuncias individuales presentadas ante les diferentes mecanismos y grupos de trabajo de las Naciones Unidas por presuntas violaciones de Derechos Humanos en Colombia.
3. Asistir al Director (a) en la coordinación con el Ministerio de la Protección Social, de la atención de los casos denunciados ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), por presuntas violaciones a los derechos de los trabajadores en Colombia.
4. Coordinar la elaboración y entrega de los informes periódicos que debe presentar Colombia en virtud de compromisos derivados de la ratificación de instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en el marco de las Naciones Unidas y mantener informada a la Directora al respecto.
5. Asistir al Director (a) en la coordinación interinstitucional para la preparación de Colombia con miras a la sustentación de los informes periódicos ante el respectivo Comité de vigilancia, así como hacer el seguimiento a las observaciones y recomendaciones que ellos emitan tras la evaluación de los Informes.
6. En el ámbito de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), conceptuar sobre la firma, adhesión, ratificación y depósito de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.
7. Asistir al Director (a) en difundir entre las instituciones competentes los compromisos adquiridos por Colombia ton la ratificación de los instrumentos internacionales en el marco de la ONU y promover su aplicación en el ámbito nacional.
8. Asistir al Director (a) en el seguimiento a las recomendaciones que en materia de Derechos Humanos efectúen a Colombia los diferentes órganos de la ONU.
9. Asistir al Director (a) en la coordinación de la participación y posición de Colombia en foros internacionales en materia de Derechos Humanos, mediante la elaboración de instrucciones, entre otros foros, en la Asamblea General Comisión de Derechos Humanos Conferencia Internacional del Trabajo y reuniones del Consejo de Administración de la OIT.
10. Coordinar la invitación y atención de visitas a nuestro país por parte de representantes de mecanismos extraconvencionales y grupos de Trabajo de la ONU y demás delegaciones de Organismos Internacionales.
11. Seguimiento a los asuntos relativos a derechos humanos, tales como: Mujer, niñez, migrantes, indígenas, población afrocolombiana raizales, rom, tráfico de personas, trabajadores migrantes y demás temas que surjan en el ámbito de la ONU.
12. Asistir al Director (a) en la organización, en coordinación con la Academia Diplomática de San Carlos, seminarios, foros o cursos sobre Derechos Humanos, enfatizando en temas propios de la realidad nacional.
13. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Dentro de los cargos de la planta asignada a cada grupo uno de los funcionarios actuará como coordinador del grupo quien además de las funciones que le correspondan al cargo del cual es titular desempeñará las siguientes funciones en su condición de coordinador:
- Organizar y coordinar el desarrollo de las funciones propias del Grupo de trabajo asignado.
- Distribuir las funciones del Grupo de trabajo asignado en los distintos cargos previstos.
- Coordinar la preparación de los informes requeridos sobre la gestión del grupo.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> Delegar en el Director del Talento Humano la facultad de ubicar a los funcionarios y de designar los Coordinadores de los Grupos Internos de Trabajo de las distintas dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2091 de 2011> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Dada en Bogotá D C., a los
PUBLÍQUESE. COMUNIQUESE Y CUMPLASE
CAMILO REYES RODRIGUEZ
VICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA
MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES