RESOLUCIÓN 1012 DE 1993
(Abril 29)
<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 326 de 2001>
Por medio de la cual se crea un Comité
EL VICEMINISTRO DE AMERICA Y SOBERANIA TERRITORIAL ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES
en uso de las facultades legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 2126 de 1 29 de Diciembre de 1992 y,
CONSIDERANDO:
Que en el presupuesto del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, existe una partida presupuestal en el Programa número 2, Artículo 012, Ordinal 03, denominada LABORES DE PROTECCION A CONNACIONALES EN EL EXTERIOR".
Que es función del Ministerio de Relaciones Exteriores, desarrollar actividades de protección de los derechos fundamentales de los colombianos en el exterior y ejercer ante las autoridades del país donde se encuentren, las acciones pertinentes, de conformidad con las normas y principios de Derecho Internacional.
Que se hace necesario crear un Comité de evaluación, análisis y seguimiento de la asistencia que nuestras Embajadas y Consulados prestan a nuestros connacionales en el exterior, para que asesore y coordine las necesidades de los connacionales en el exterior.
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 326 de 2001> Crear el "COMITE PARA LA ASISTENCIA. A CONNACIONALES EN EL EXTERIOR" cuyo objetivo será el de evaluar y analizar la situación y necesidades de los connacionales" en el exterior, para recomendar al MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, la asignación, cuantía y destino de las partidas, que se deben otorgar a cada Misión Diplomática y Consular, para el logro de una efectiva e idónea asistencia de los colombianos en el exterior.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 326 de 2001> El "COMITE PARA LA ASISTENCIA A CONNACIONALES EN EL EXTERIOR" quedará conformado así:
a. El SECRETARIO GENERAL o su delegado, quien convocará y presidirá el Comité.
b. El SUBSECRETARIO DE COMUNIDADES COLOMBIANAS EN EL EXTERIOR Y ASUNTOS CONSULARES o su Delegado.
c. El SUBSECRETARIO DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS o su Delegado.
PARAGRAFO. El SECRETARIO GENERAL asignará a un funcionario de su dependencia, la responsabilidad de actuar como SECRETARIO del Comité y en consecuencia, de elaborar y archivar las correspondientes actas.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 326 de 2001> “El COMITE PARA LA ASISTENCIA A CONNACIONALES EN EL EXTERIOR" se reunirá, por lo menos dos (02) veces al mes con el fin de analizar las solicitudes de los Jefes de Misión Diplomática o Consular y sugerir al MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, la forma de hacer las asignaciones presupuestales respectivas de acuerdo con lo señalado en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 326 de 2001> “El COMITE PARA LA ASISTENCIA A CONNACIONALES EN EL EXTERIOR" debe elaborar un estudio que determine las prioridades para la asignación de las partidas a cada Misión Diplomática o Consular.
El estudio de que trata el inciso anterior será actualizado, según las circunstancias y necesidades.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 326 de 2001> La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.
Dada en Santafé de Bogotá, D.C. a, 29 ABR. 1993
ANDELFO GARCIA GONZALEZ
VICEMINISTRO DE AMERICA Y SOBERANIA TERRITORIAL ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES