RESOLUCION 484 DE 2019
(febrero 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Por la cual se adopta el Sistema Tipo de la Evaluación del Desempeño Laboral contemplado en el Acuerdo 6176 de 2018 emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, para los funcionarios de Carrera Administrativa y en Período de Prueba del Ministerio de Relaciones Exteriores
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 61 de la Ley 489 de 1992, el artículo 40 de la Ley 909 de 2004, los numerales 17 y 19 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 38 y 39 de la Ley 909 de 2004, el desempeño laboral de los empleados de carrera administrativa y en periodo de prueba deberá ser evaluado y calificado, siguiendo la metodología contenida en el instrumento y en los términos que señale el reglamento que para el efecto se expida.
Que el artículo 40 de la Ley 909 de 2004, señala que es responsabilidad del jefe de cada organismo la adopción de un sistema de evaluación de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley y con las directrices de la Comisión Nacional del Servicio Civil; y la no adopción constituye falta disciplinaria grave.
Que el inciso tercero del mencionado artículo, establece que la Comisión Nacional del Servicio Civil desarrollará un sistema de evaluación del desempeño como sistema tipo, que deberá ser adoptado por las entidades mientras desarrollan sus propios sistemas.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 6176 del 10 de octubre de 2018, con su respectivo anexo técnico, mediante el cual se estableció el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los empleados públicos de carrera administrativa y en período de prueba.
Que el anexo técnico del Acuerdo 6176 de 2018, señala que a más tardar el treinta y uno (31) de enero de cada año la Oficina de Planeación o quien haga sus veces en las entidades del orden nacional, publicará las metas de las áreas o dependencias como criterio orientador para la fijación de compromisos.
Que en virtud de lo anterior, y teniendo en cuenta que el Ministerio de Relaciones Exteriores no cuenta con un sistema propio de evaluación, se hace necesario adoptar el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de la Comisión Nacional del Servicio Civil para evaluar a los funcionarios con derechos de carrera administrativa y un período de prueba.
Que en mérito a lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN. Adoptar el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los empleados de carrera administrativa y en periodo de prueba, establecido en el Acuerdo 6176 del 10 de octubre de 2018, con su respectivo anexo técnico emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC -, el cual hace parte integral del presente acto administrativo y se aplicará hasta que la Entidad adopte un sistema propio de evaluación.
PARÁGRAFO. Para la instrumentalización del proceso se aplicarán los formatos para el Sistema Tipo de Evaluación, los cuales hacen parte del Acuerdo 6176 de 2018.
ARTICULO 2o. RESPONSABLES DE LA IMPLEMENTACIÓN. El sistema de evaluación del desempeño laboral que se adopta involucra todas las instancias de la Entidad, vincula de manera activa a la alta dirección y hace participes del proceso a la Dirección de Talento Humano, a la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional y al Grupo Interno de Trabajo de Control Interno de Gestión.
PARÁGRAFO PRIMERO. La Dirección de Talento Humano, liderará las acciones necesarias para la implementación del Sistema Tipo en la entidad, para lo cual divulgará el sistema, coordinará la capacitación de los evaluadores y evaluados y supervisará que el proceso se cumpla de acuerdo con los criterios legales y las normas del ordenamiento jurídico.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional, divulgará al interior de la entidad, los Planes Estratégico y de Acción, los cuales servirán como referente para la fijación de los compromisos laborales, de los funcionario de carrera administrativa y en periodo de prueba.
PARÁGRAFO TERCERO. El Grupo Interno de Trabajo de Control Interno de Gestión remitirá a cada dependencia el informe sobre los resultados de la evaluación de gestión por dependencias, el cual podrá ser utilizado para la fijación de los compromisos laborales de la siguiente vigencia.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, aplicará para el periodo de evaluación que comienza a partir del 1o de febrero de 2019 y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No. 1299 del 5 de marzo de 2012.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 8 FEB 2019
CARLOS HOLMES TRUJILLO
Ministro de Relaciones Exteriores