RESOLUCIÓN 4430 DE 2015
(diciembre 2)
Diario Oficial No. 49.721 de 9 de diciembre de 2015
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Por la cual se efectúa un traslado en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2015.
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 70 de la Ley 38 de 1989 y la Ley 718 de 2001,
CONSIDERANDO:
Que el Director General de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, mediante oficios números OAPI-CR-128-2015 y OAPI-CR-132-2015 del 25 de septiembre y 26 de octubre de 2015, respectivamente, solicitó la asignación de recursos con cargo al Fondo de Compensación Interministerial por valor de $5.007 millones, con el propósito de atender los hechos sobrevinientes ocasionados por la temporada seca y fenómeno de El Niño 2014-2016.
Que el Director General en calidad de representante legal de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, en comunicación del 26 de octubre de 2015, certificó que la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres no disponen de los recursos suficientes en esta vigencia para atender los hechos sobrevinientes ocasionados por la temporada seca y fenómeno de El Niño 2014-2016.
Que el Jefe de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el certificado de disponibilidad presupuestal número 7115 del 3 de noviembre de 2015 por valor de $5.007.000.000, recursos que se utilizan en su totalidad en la presente resolución.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional estudió la solicitud presentada por el Director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y sobre la cual informó al Ministro de Hacienda y Crédito Público, mediante memorando 5.1.0.2. 3-2015-021917 del 12 de noviembre de 2015.
Que el Ministro de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio del 6 de noviembre de 2015 dirigido a la Secretaria del Consejo de Ministros, puso a consideración del Presidente de la República y del Consejo de Ministros, la calificación de excepcional urgencia del gasto, teniendo en cuenta que en el presupuesto de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres los recursos del rubro de Atención de Desastres y Emergencias en el Territorio Nacional, Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, a la fecha no dispone de los recursos suficientes en esta vigencia para atender los hechos sobrevinientes ocasionados por la temporada seca y fenómeno de El Niño 2014-2016, como consta en la certificación expedida por el Director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, y por lo tanto no existen saldos apropiables para atender la situación antes descrita.
Que los gastos así solicitados, fueron calificados de excepcional urgencia por el Presidente de la República y el Consejo de Ministros, en sesión del 9 de noviembre de 2015, según constancia expedida por la Secretaria del Consejo de Ministros.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Efectuar el siguiente traslado en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2015.
CONTRACRÉDITO
SECCIÓN 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
UNIDAD 130101
GESTIÓN GENERAL
CUENTA | 3 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES | |
SUBCUENTA | 6 | OTRAS TRANSFERENCIAS | |
OBJETO DEL GASTO | 2 | FONDO DE COMPENSACIÓN INTERMINISTERIAL | |
ORDINAL | 1 | FONDO DE COMPENSACIÓN INTERMINISTERIAL | |
RECURSO | 10 | RECURSOS CORRIENTES | $5.007.000.000 |
TOTAL CONTRACRÉDITO | $5.007.000.000 |
ARTÍCULO 2o. Con base en el contracrédito de que trata el artículo anterior, ábrase el siguiente crédito en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 2015.
CRÉDITO
SECCIÓN 0211
UNIDAD NACIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
CUENTA | 3 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES | |
SUBCUENTA | 2 | OTRAS TRANSFERENCIAS | |
OBJETO DEL GASTO | 1 | ORDEN NACIONAL | |
ORDINAL | 5 | ATENCIÓN DE DESASTRES Y EMERGENCIAS EN EL TERRITORIO NACIONAL - FONDO NACIONAL DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES | |
RECURSO | 10 | RECURSOS CORRIENTES | $5.007.000.000 |
TOTAL CRÉDITO | $5.007.000.000 |
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de diciembre de 2015.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.