RESOLUCIÓN 42 DE 2015
(diciembre 4)
Diario Oficial No. 49.719 de 7 de diciembre de 2015
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Por la cual se efectúa una aclaración de leyenda al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2015.
EL DIRECTOR GENERAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL,
en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 24 de la Ley 1737 de 2014 y 25 del Decreto 2710 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 24 de la Ley 1737 de 2014 y 25 del Decreto 2710 de 2014, facultan al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, para que de oficio o a petición del jefe del órgano respectivo, hará por resolución las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de transcripción y aritméticos que figuren en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2015, y cuando se trate de aclaraciones y correcciones de leyenda del presupuesto de gastos de inversión, se requerirá el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas;
Que mediante Decreto 2240 del 24 de noviembre de 2015 se redujeron unas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2015;
Que en el Decreto 2240 de 2015, en el artículo 1o se incurrió en un error de transcripción en la reducción de los ingresos de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil;
Que para la correcta ejecución se hace indispensable efectuar oportunamente las aclaraciones necesarias, en concordancia con las normas antes citadas;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ACLARACIÓN DE LEYENDA. Efectuar la siguiente aclaración al artículo 1o del Decreto 2240 del 24 de noviembre de 2015.
SECCIÓN 241200
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA AERONÁUTICA CIVIL
Dice:
A- INGRESOS CORRIENTES | -7.753.661.938 |
B- RECURSOS DE CAPITAL | -29.758.465 |
Debe decir:
A- INGRESOS CORRIENTES | -6.353.661.938 |
B- RECURSOS DE CAPITAL | -1.429.758.465 |
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 4 de diciembre de 2015.
El Director General del Presupuesto Público Nacional,
FERNANDO JIMÉNEZ RODRÍGUEZ.