RESOLUCIÓN 498 DE 2013
(septiembre 11)
Diario Oficial No. 48.915 de 16 de septiembre de 2013
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 156 de 2018. Aplica a partir del período contable 2018>
Por medio de la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 del 23 de julio de 1996 y el Decreto 143 de 2004,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 354 de 2007 se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, conformado por el Plan General de Contabilidad Pública, el Manual de Procedimientos y la Doctrina Contable Pública.
Que mediante la Resolución 356 de 2007 se adoptó el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública, integrado por el Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables.
Que la información contable pública, busca satisfacer el conjunto de necesidades específicas y demandas de los distintos usuarios, para facilitar la toma de decisiones tendientes a optimizar la gestión eficiente de los recursos y el mantenimiento del patrimonio público.
Que mediante la Resolución 00076 del 7 de mayo de 2013, la DIAN dispuso el formulario 360 para la declaración y pago de las retenciones en la fuente del CREE, clarificando que se trata de una nueva declaración de retenciones en la fuente.
Que mediante la Resolución 459 de 2013 se definió la subcuenta 130563 para la Retención del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE, estando este código asignado previamente a otro concepto.
Que se requiere modificar el Catálogo General de Cuentas del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Crear la siguiente subcuenta en la estructura del Catálogo General de Cuentas:
CÓDIGO | DENOMINACIÓN |
130566 | Retención del impuesto sobre la renta para la equidad-CREE |
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998 y modifica la Resolución 459 de agosto de 2013, en lo pertinente.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., 11 de septiembre de 2013.
El Contador General de la Nación,
PEDRO LUIS BOHÓRQUEZ RAMÍREZ.