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DECRETO 4095 DE 2007

(octubre 25)

Diario Oficial No. 46.792 de 25 de octubre de 2007

Ministerio de Relaciones Exteriores

Por medio del cual se suprimen y se crean unos cargos en la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos:

PAISCIUDADMISIONCARGOCANT.
AUSTRALIASYDNEYCONSULADOCónsul General 4 EX1
AUSTRALIASYDNEYCONSULADOAuxiliar Administrativo Bilingüe 8 PA (Local)1
AUSTRALIASYDNEYCONSULADOAuxiliar Administrativo 4 PA (Local)1
AUSTRIAVIENAEMBAJADAEmbajador Alterno 7 EX1
BELGICABRUSELASEMBAJADAAuxiliar Administrativo 8 PA (Local)1
BELGICABRUSELASEMBAJADAPrimer Secretario 3 EX1
CUBALA HABANAEMBAJADAAuxiliar Administrativo 1 PA1
ECUADORQUITOEMBAJADAAuxiliar Administrativo 4 PA1
ESTADOS UNIDOS DEAMERICAWASHINGTONEMBAJADAAuxiliar Administrativo 8 PA1
JAPONTOKIOEMBAJADAAuxiliar Administrativo 6 PA1
JAPONTOKIOEMBAJADAAuxiliar Administrativo 4 PA1
PERULIMAEMBAJADAAuxiliar Administrativo 2 PA (Local)1
REPUBLICA POPULAR CHINABEIJINGEMBAJADAAuxiliar Administrativo 5 PA1

Parágrafo 1°. Los cargos de naturaleza “Local” no tendrán derecho a las asignaciones por concepto de prima de instalación, viáticos, menaje y pasajes.

Parágrafo 2°. Los funcionarios que tengan su residencia o nacionalidad en el país sede de la Misión, no tendrán derecho a las asignaciones por concepto de prima de instalación, viáticos, menaje y pasajes, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 62 del Decreto-ley 274 de 2000.

Artículo 2°. Creánse en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos:

PAISCIUDADMISIONCARGOCANT.
AUSTRALIACANBERRAEMBAJADAEmbajador 7 EX1
AUSTRALIACANBERRAEMBAJADASegundo Secretario 2 EX, Encargado de Funciones Consulares1
AUSTRALIACANBERRAEMBAJADAAuxiliar Administrativo 10 PA1
AUSTRALIACANBERRAEMBAJADAAuxiliar Administrativo 8 PA1
AUSTRALIASYDNEYCONSULADOCónsul de Segunda Clase 2 EX1
AUSTRALIASYDNEYCONSULADOAuxiliar Administrativo 8 PA1
BELGICABRUSELASEMBAJADASegundo Secretario 2 EX1
ESTADOS UNIDOS DE AMERICAWASHINGTONEMBAJADAAuxiliar Administrativo 8 PA1
REPUBLICA POPULAR CHINABEIJINGEMBAJADAPrimer Secretario 3 EX1
PERULIMAEMBAJADAAuxiliar Administrativo 2 PA1
REPUBLICA POPULAR CHINABEIJINGEMBAJADAAuxiliar Administrativo 13 PA2

Artículo 3°. Los cargos administrativos, a que hace referencia el artículo 2° del presente decreto, hacen parte del despacho del Jefe de Misión Diplomática y del Jefe de Oficina Consular.

Artículo 4°. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de octubre de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Fernando Araújo Perdomo.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Antonio Grillo Rubiano.

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*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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