DECRETO 2139 DE 1998
(octubre 12)
Diario Oficial No. 43.414, de 26 de octubre de 1998
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
por el cual se derogan los artículos 14 y 15 del Decreto 503 de 1997
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política y 94 de la Ley 300 de 1996,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Deróganse los artículos 14 y 15 del Decreto 503 de 1997.
ARTÍCULO 2o. El Ministerio de Desarrollo Económico y las demás entidades oficiales del sector turismo podrán exigir en cualquier tiempo a los Guías de Turismo, con posterioridad al vencimiento del plazo previsto en el numeral 3o. del artículo 14 del Decreto 504 de 1997, la exhibición de la Tarjeta Profesional.
ARTÍCULO 3o. El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 22 de octubre de 1998.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Desarrollo Económico,
Fernando Araújo Perdomo.
Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores
ISSN 2256-1633
Última actualización: 29 de abril de 2025