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DECRETO 1498 DE 2020

(noviembre 23)

Diario Oficial No. 51.507 de 23 de noviembre de 2020

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por el cual se suprime un Consulado Honorario.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales.

Que mediante el Decreto 1686 del 1 de julio de 1980 se creó el Consulado Honorario de Colombia: en Belo Horizonte, con circunscripción en esa misma ciudad de la República Federativa de Brasil.

. Que mediante el Decreto 928 del 2 de abril de 1997, se nombró al señor MURILO ARAÚJO, como Cónsul Honorario de Colombia en Belo Horizonte, República Federativa de Brasil.

Que mediante el Decreto 3519 del 9 de octubre de 2006, se aceptó la renuncia del señor MURILO ARAÚJO, como Cónsul Honorario de Colombia en Belo Horizonte, República Federativa de Brasil.

Que el Consulado Honorario de Colombia en Belo Horizonte, República Federativa de Brasil se encuentra vacante desde el 9 de octubre de 2006.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto 1067 de 2015, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano debe estudiar la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria, Para lo anterior, deberá tenerse en cuenta la existencia de candidatos que se encuentren en disposición para asumir el cargo del Cónsul Honorario, y cumplan con los requerimientos de que trata este capítulo.

Que la Embajada de Colombia ante la República Federativa de Brasil, indicó que por lo pronto no tiene previsto proponer un candidato para ocupar esa Oficina Consular Honoraria.

Que la Dirección de Asuntos Consulares, Migratorios y Servicio al Ciudadano encuentra pertinente el cierre del Consulado Honorario, debido al tiempo de vacancia, y en consideración a que no hay un candidato para ocupar dicho cargo.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Suprimir el Consulado Honorario de Colombia en Belo Horizonte, República Federativa de Brasil.

ARTÍCULO 2o. COMUNICACIÓN. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 2020.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Claudia Blum.

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Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


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