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DECRETO 1281 DE 1997

(mayo 13)

Diario Oficial No. 43.042, de 16 de mayo de 1997

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por medio del cual se crea la Dirección de Control Interno Disciplinario del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Resumen de Notas de Vigencia

NOTAS DE VIGENCIA:

- La Sala de Consulta del Consejo de Estado, en Consulta No. 1118 de 02/07/98, levantada la reserva mediante auto del 22 de agosto de 2002, Dr. César Hoyos Salazar . Establece: 'El decreto 1281 de 1997, “por medio del cual se crea la Dirección de Control Interno Disciplinario del Ministerio de Relaciones Exteriores”, perdió fuerza ejecutoria, porque como él se dictó con base en la ley 200 de 1995 que ordenó constituir una unidad u oficina de control interno, al determinar el decreto ley 1676 de 1997 la nueva estructura orgánica de dicho Ministerio y precisar que tal unidad es la  “Oficina de Control Interno”, desapareció el fundamento de derecho que le sirvió de sustento al mencionado decreto 1281 para organizarla como Dirección'.

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 48 de la Ley 200 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 200 del 28 de julio de 1995, se adoptó el Código Unico Disciplinario;

Que el artículo 48 de esta ley preceptúa que toda entidad u organismo del Estado, excepto la Rama Judicial, debe constituir una unidad u oficina del más alto nivel, encargada de conocer en primera instancia, de los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores, ya que la segunda instancia es de competencia del nominador;

Que el artículo 57 de la Ley 200 de 1995, establece que la competencia para adelantar la investigación disciplinaria radica en el organismo de control interno disciplinario o en el funcionario que señale el jefe de la entidad, que deberá ser de igual o superior jerarquía a la del investigador;

Que el numeral 1° del artículo 78 de la mencionada ley establece que corresponde la dirección de la función disciplinaria al Jefe o representante del organismo público correspondiente;

Que por lo anteriormente establecido es procedente constituir la Dirección de Control Interno Disciplinario, en el Ministerio de Relaciones Exteriores;

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Crear en el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección de Control Interno Disciplinario, la cual dependerá directamente del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Concordancias

Decreto 3355 de 2009

ARTÍCULO 2o. Son funciones de la Dirección de Control Interno Disciplinario:

1º. Adelantar actividades orientadas hacia la prevención de la Comisión de faltas disciplinarias por parte del personal al servicio del Ministerio.

2º. Instruir, asesorar y coordinar con el jefe inmediato del funcionario investigado sobre el trámite de la investigación de su competencia, de conformidad con lo señalado por el artículo 61 de la Ley 200 de 1995.

3º Conocer y fallar en primera instancia, los procesos disciplinarios y tramitar los demás asuntos disciplinarios, contra funcionarios y exfuncionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, en todos sus niveles.

4º. Vigilar y coordinar el Sistema de Quejas y Reclamos del Ministerio de Relaciones Exteriores, en desarrollo de la Ley 190 de 1995.

5º Las demás funciones que señale la Ley 200 de 1995 y que por su condición sean afines con la naturaleza de esta oficina.

Concordancias

Decreto 3355 de 2009

ARTÍCULO 3o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona la estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecida mediante Decreto-ley 2126 del 29 de diciembre de 1992.

Publíquese y cúmplase.

ERNESTO SAMPER PIZANO

La Ministra de Relaciones Exteriores,

María Emma Mejía Vélez

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Edgar Alfonso González Salas.

 

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores
ISSN 2256-1633
Última actualización: 29 de abril de 2025

 

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