DECRETO 794 DE 1999
(mayo 6)
Diario Oficial No. 43.574, del 7 de mayo de 1999
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Por el cual se modifica el artículo 18 del Decreto 26 de 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales,
en especial las conferidas por el numeral 20 del
artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
ARTICULO 1o. Modifícase el artículo 18 del Decreto 26 de 1998, en el sentido de incluir a los Ministros entre los funcionarios mencionados en el inciso segundo.
ARTICULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR.