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DECRETO 144 DE 1935

(enero 26)

Diario Oficial No. 22.815 del 19 de febrero de 1935

Por el cual se señalan las categorias y asignaciones del servicio consular remunerado de la Republica

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. A partir del 1o de marzo del corriente año las categorías y sueldos mensuales de los Cónsules Generales y los Cónsules colombianos serán los siguientes:

Cónsules generales en primera clase. Administradores de Hacienda:

sueldosgastosTotal
Nueva York$ 7501,0001,750
Paris7502501,000
Manaos500150650

Cónsules Generales de segunda clase. Categoría A:

Londres400100500
Liverpool400100500
Hamburgo400100500
Yokohama300100500
Iquitos300100500
Maracaibo300100500
Montreal300100500
Guayaquil300100500
Amberes300100500
Génova300100500
Belén del Para300100500

Consulados Generales de segunda clase. Categoría B:

Barcelona30050350
San Francisco30050350
Nueva Orleans30050350
Burdeos30050350
Copenhague30050350
Amsterdan30050350

Consulados Generales de segunda clase. Categoría C:

Colón25050300
El Havre25050300
Estocolmo25050300
Curazao25050300

Cónsules. Categoría A:

San Cristóbal20050250
Varsovia20050250
Tulcán20050250
Ciudad Bolívar20050250
San Paulo200---200
Bremen20025225
Marsella20025225

Cónsules categoría B

San Antonio de Táchira200---200
Encontrados20020220
El Amparo20025225
Miami20025225
Rotterdam200---200
Caracas18020200
Kingston18020200

Cónsules categoría C:

Boston10050150
Chicago10050150
Gotemburgo10050150
Puerto España10050150

ARTÍCULO 2o. Con respecto a los Consulados Generales en Londres y París, lo dispuesto en el artículo anterior comenzará a tener efecto cuando lo determine el Poder Ejecutivo por decreto posterior. Entretanto el personal de ambos Consulados continuará con sus asignaciones actuales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de enero de 1935.

ALFONSO LÓPEZ

El Ministro tic Gobierno, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores,

DARÍO ECHANDÍA

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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