CONCEPTO 4695 DE 2017
(marzo 1)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MEMORANDO
Bogotá, D.C.,
Para: | Gedeon Jaramillo Rey Director (E) Soberanía Territorial |
De: | Claudia Liliana Perdomo Estrada Jefe de Oficina Asesora Jurídica Interna |
Asunto: | Concepto jurídico Proyecto de Convenio entre cancillería y el Ministerio de Defensa Nacional- Fuerza Aérea |
Respetado Director.
De manera atenta y con ocasión al Memorando l-GAMA-17-003653 del 17 de febrero de 2017, remito ante la Dirección a su digno cargo el concepto jurídico relativo al Convenio Marco Interadministrativo de Cooperación a suscribirse entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Defensa Nacional- Fuerza Aérea, cuyo objeto se enmarca en unir esfuerzos técnicos, tecnológicos, operacionales, humanos entre otros para la definición y consolidación de las fronteras.
Lo anterior en cuatro (4) folios.
CONCEPTO JURÍDICO RELATIVO AL CONVENIO MARCO INTERDMINISTRATIVO DE COOPERACIÓN A SUSCRIBIRSE ENTRE EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - FUERZA AEREA- CUYO OBJETO SE ENMARCA EN UNIR ESFUERZOS TÉCNICOS, TECNOLOGICOS, OPERACIONALES, HUMANOS ENTRE OTROS PARA LA DEFINICIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LAS FRONTERAS.
Ministerio de Relaciones Exteriores
Oficina Asesora Jurídica Interna
Grupo Interno de Asuntos Legales
Bogotá D.C., marzo de 2017
I. INTRODUCCIÓN.
Mediante Memorando t-GAMA-17-003553 del 17 de febrero de 2017, la Dirección de Soberanía Territorial, solicitó la realización de un estudio en derecho sobre el proyecto de Convenio Marco Interinstitucional de Cooperación, a suscribirse entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Defensa Nacional-Fuerza Aérea,
En ese sentido, conviene tener en cuenta que el objeto del citado convenio, tiene por objeto “Unir esfuerzos técnicos, tecnológicos, operacionales, humanos y logísticos, para ei desarrollo de acciones de monitoreo, suministro, análisis e intercambio de información requeridas para la definición, descripción, materialización y consolidación de las fronteras, mediante el uso de la capacidad de aerofotografía y reconocimiento aéreo de la FAC.”, con lo cual, surgen las siguientes observaciones jurídicas, las cuales se exponen a renglón seguido:
OBSERVACIONES JURÍDICAS ENTORNO AL PROYECTO DE CONVENIO MARCO.
a) En relación a las consideraciones previas.
Se recomienda modificar el párrafo segundo de las consideraciones, citando los objetivos asignados al Ministerio de Relaciones Exteriores, y establecidos en el artículo 3 del Decreto 0869 de 2016, para lo cual se sugiere la siguiente redacción:
"2. Que el Ministerio de Relaciones Exteriores de conformidad con el artículo 3 del Decreto 869 de 2016 es el organismo rector del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores y le corresponde, bajo la dirección del Presidente de la República, formular, planear, coordinar, ejecutar y evaluar la política exterior de Colombia, las relaciones internacionales y administrar el servicio exterior de la República.
3. Que de conformidad con el numeral 8 del artículo 4 del Decreto 869 de 2016, es función del Ministerio de Relaciones Exteriores “Articular las acciones de las distintas entidades del Estado en todos sus niveles y de los particulares cuando sea del caso, en lo que concierne a fas relaciones internacionales y la política exterior del país, en los ámbitos de la política, la seguridad, la economía y el comercio, el desarrollo social, la cultura, el medio ambiente, los derechos humanos, el derecho internacional humanitario, la ciencia y la tecnología y la cooperación internacional, con fundamento en principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional”.
De la misma manera se deberá modificar el numeral 5 de las consideraciones en el siguiente sentido:
“5. Que de conformidad con el artículo 14 numeral 8 es función del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del Viceministro de Relaciones Exteriores: “Proponer, dirigir y coordinar los asuntos relacionados con la caracterización y definición de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas”, con lo cual se requiere actualizar la información geográfica y cartográfica en las escalas requeridas, de acuerdo a las especificaciones técnicas oficiales establecidas y proceder a ia materialización de los límites de Colombia”.
En lo referente al estudio de las cláusulas contenidas en el citado convenio marco, esta Oficina Asesora Jurídica, las encuentra ajustadas a derecho, teniendo en cuenta que solamente se establecen lineamientos respecto a futuro convenios derivados del citado vínculo contractual.
Por último, a través del memorando l-OAJI- 17-004657 se remitió a la Coordinación de Contratos el proyecto de convenio marco, a fin que dicha dependencia lo revise dentro del ámbito de sus competencias a fin de verificar igualmente su viabilidad.
ALCANCE DEL CONCEPTO.
Este concepto no compromete la responsabilidad de la Oficina Asesora Jurídica Interna, ni es de obligatorio cumplimiento o ejecución, esto en virtud a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, en concordancia con el artículo 230 de la Constitución Política.
Atentamente,
CLAUDIA LILIANA PERDOMO ESTRADA
Jefe de Oficina Asesora Jurídica Interna