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CONCEPTO 6 DE 2017

(junio 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Respetada Doctora Melissa.

De la manera más atenta y en consideración a la solicitud efectuada por la Embajada de Colombia en España respecto a la revisión del documento adjunto contentivo de un convenio de colaboración entre la Fundación Consejo España - Colombia y la Embajada de Colombia ante el Reino de España, el cual incluye la donación en favor Je la Misión de una serie de artesanías,, me permito dar traslado de la misma.

De igual forma es importante indicar que de conformidad con la legislación colombiana la donación es el acto jurídico de disposición en virtud del cual una persona -quien se denomina- donante se desprende de una parte de su patrimonio a favor de otra -denominada- donatario, a título gratuito y con carácter irrevocable, siendo menester para que la donación se formalice que el donatario la acepte.

Así mismo conviene precisar que de acuerdo al artículo 355 de la Constitución Política de Colombia ninguna de las ramas u órganos del poder público podrá decretar donaciones en favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado, sin embargo, esta limitante es para la celebración de contratos de donación en calidad de donantes, sin que se extienda esa limitación a la calidad de donatario.

Ahora bien, teniendo en cuenta que en el presente caso interviene una entidad pública como donataria, debe advertirse que en el Estatuto General de la Contratación contenido en la ley 80 de 1993, el cual cobija las actuaciones de la Nación - Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone que los contratos que celebren las entidades públicas deben ceñirse por las disposiciones comerciales y civiles pertinentes.

Lo anterior sin perjuicio que por parte de la Coordinación a su cargo se considere que por tratarse de un contrato a suscribirse y ejecutarse en el exterior deba regirse por las disposiciones españolas, conforme al artículo 13 de la Ley 80 de 1993.

Estaremos atentos

Atentamente,

ANDRES LEONARDO MENDOZA PAREDES

Coordinador Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Legales Oficina Asesora Jurídica Interna Ministerio de Relaciones Exteriores

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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