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CIRCULAR 37 DE 2019

(agosto 20)

Diario Oficial No. 51.053 de 22 de agosto 2019

MIGRACIÓN COLOMBIA

Para: Ciudadanos venezolanos titulares del Permiso Especial de Permanencia (PEP (Fase I)

De:

Director Unidad Administrativa Especial Migración Colombia

Asunto:

Último plazo para la renovación Permiso Especial de Permanencia - PEP (Fase I)

Se informa a los ciudadanos venezolanos titulares del Permiso Especial de Permanencia - PEP (Fase I) otorgado entre el 3 de agosto de 2017 y el 31 de octubre de 2017, que por algún motivo o circunstancia no alcanzaron a realizar el procedimiento para la renovación del Permiso Especial de Permanencia (autorizado mediante la Resolución número 2634 del 28 de mayo de 2019 del Ministerio de Relaciones Exteriores e implementado por la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia mediante la Resolución número 1567 del 30 de mayo de 2019), en la fecha indicada a través del portal web de Migración Colombia (días pico y placa), que podrán realizar el procedimiento en línea de forma gratuita, mediante solicitud del titular a través del enlace dispuesto en el portal web de la entidad http://migracioncolombia. gov.co, que para tal efecto se encuentra habilitado desde el día 20 de agosto de 2019 y hasta el día 31 de octubre de 2019.

Es importante informarles que después del 31 de octubre de 2019, no habrá otra oportunidad para la renovación del documento PEP.

De igual manera, recordamos a los ciudadanos que aún se encuentran en términos para la renovación del PEP, ingresar a nuestro portal web y realizar el proceso de renovación.

Cordialmente,

El Director General,

Christian Krüger Sarmiento.

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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