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CIRCULAR 131 DE 2020

(noviembre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Sin efectos  por la Circular 134 de 9 de noviembre de 2020>

PARA:CONSULADOS EN EL EXTERIOR
MISIONES EN EL EXTERIOR
DE:FULVIA ELVIRA BENAVIDES COTES
ASUNTO: Restricción de viaje para visitantes de Argentina, Alemania, Canadá, Chile, España, Francia y Países Bajos.

Estimados señores Embajadores, Cónsules y Encargados de Asuntos Consulares:

Con mi cordial saludo informo que el Gobierno Nacional ha decidido restringir transitoriamente los viajes no esenciales (visitantes), hacia Colombia, de los nacionales de los de los siguientes países cuyas autoridades han implantado medidas similares respecto a los ciudadanos colombianos:

- Argentina

- Alemania

- Canadá

- Chile

- España

- Francia

- Países Bajos

En un sentido práctico la medida adoptada significa que los nacionales de esos países ya no podrán ingresar a Colombia para actividades de visitante solo con su pasaporte como tradicionalmente lo han hecho, es decir que la única manera enque los nacionales de estos países puedan ingresar a Colombia es portando una visa.

La medida restrictiva comienza a regir desde las 00:00 horas del 10 de noviembre del 2020.

Se exceptúan de las restricciones de ingreso en las siguientes situaciones:

- Los extranjeros TITULARES de visas vigentes tipo: M (Migrante), R (Residente) y V (Visitante), de acuerdo con lo estipulado por la Resolución 6045 de 2017.

- Titulares de pasaportes o visados de carácter diplomático.

- Tripulantes

- Caso de emergencia humanitaria.

- Caso fortuito o fuerza mayor

La medida se mantendrá vigente hasta que el Gobierno colombiano llegue a un entendimiento para coordinar la movilidad de los viajeros en ambos sentidos con dichos gobiernos.

Cordialmente,

FULVIA ELVIRA BENAVIDES COTES

Directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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