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CIRCULAR 122 DE 2021

(noviembre 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:MISIONES EN EL EXTERIOR CONSULADOS EN EL EXTERIOR DELEGACIONES EN EL EXTERIOR EMBAJADAS EN EL EXTERIOR
DE:LUIS GABRIEL FERNANDEZ FRANCO
ASUNTO:Manejo de cuentas bancarias en el exterior

Cordial saludo,

Atendiendo la competencia definida en el artículo 5o. de la Resolución 2638 de 2019 conforme el cual los Jefes de Misiones Diplomáticas, Delegaciones Permanentes u Oficinas Consulares tienen la competencia de ordenar el gasto y los pagos en nombre del Ministerio de Relaciones Exteriores, y con el propósito de evitar la parálisis de actividades derivadas del giro de recursos para asumir los compromisos administrativos y laborales a cargo de la Misión Diplomática, Delegación Permanente u Oficina Consular por razones de fuerza mayor o caso fortuito que así lo requieran en el manejo de las cuentas bancarias de cada una de las Misiones Diplomáticas, Delegaciones Permanentes y Oficinas Consulares, se requiere que además del ordenador del gasto y pagos siempre se cuente con un(a) funcionario(a) autorizado(a) para el manejo de las cuentas.

De acuerdo con lo anterior, se solicita realizar los trámites correspondientes con la mayor celeridad a fin de dar cumplimiento a la presente directriz.

Cordialmente,

LUIS GABRIEL FERNANDEZ FRANCO

Secretario General

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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