CIRCULAR 122 DE 2021
(noviembre 3)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PARA: | MISIONES EN EL EXTERIOR CONSULADOS EN EL EXTERIOR DELEGACIONES EN EL EXTERIOR EMBAJADAS EN EL EXTERIOR |
DE: | LUIS GABRIEL FERNANDEZ FRANCO |
ASUNTO: | Manejo de cuentas bancarias en el exterior |
Cordial saludo,
Atendiendo la competencia definida en el artículo 5o. de la Resolución 2638 de 2019 conforme el cual los Jefes de Misiones Diplomáticas, Delegaciones Permanentes u Oficinas Consulares tienen la competencia de ordenar el gasto y los pagos en nombre del Ministerio de Relaciones Exteriores, y con el propósito de evitar la parálisis de actividades derivadas del giro de recursos para asumir los compromisos administrativos y laborales a cargo de la Misión Diplomática, Delegación Permanente u Oficina Consular por razones de fuerza mayor o caso fortuito que así lo requieran en el manejo de las cuentas bancarias de cada una de las Misiones Diplomáticas, Delegaciones Permanentes y Oficinas Consulares, se requiere que además del ordenador del gasto y pagos siempre se cuente con un(a) funcionario(a) autorizado(a) para el manejo de las cuentas.
De acuerdo con lo anterior, se solicita realizar los trámites correspondientes con la mayor celeridad a fin de dar cumplimiento a la presente directriz.
Cordialmente,
LUIS GABRIEL FERNANDEZ FRANCO
Secretario General