CIRCULAR 119 DE 2021
(noviembre 4)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PARA: | CANCILLERIA INTERNA FUNCIONARIOS EN EL EXTERIOR |
DE: | LUIS GABRIEL FERNANDEZ FRANCO |
ASUNTO: | Cambio procedimiento tributario para Retención en la Fuente, aplicable durante el año gravable 2022. |
Respetados funcionarios:
En cumplimiento de los artículos 385 y 386 del Estatuto Tributario, los cuales establecen los procedimientos que el Agente Retenedor debe aplicar para la retención en la fuente, de manera atenta se informa a todos los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, que a partir de la vigencia fiscal 2022, se aplicará el procedimiento dos (2) para efectos de calcular la retención en la fuente sobre los ingresos correspondientes.
Por lo anterior, quien desee que de manera particular se le aplique el procedimiento uno (1), sin importar que durante la vigencia 2021, estuviera o no en dicho procedimiento, DEBERA MANIFESTARLO DE MANERA ESCRITA al Grupo Interno de Trabajo de Nómina de la Dirección de Talento Humano, al correo electrónico mauricio.garcia@cancilleria.gov.co a más tardar el día 17 de diciembre del presente año.
Es importante que todos los funcionarios tengan de presente que, el procedimiento seleccionado aplica para todo el año 2022, por tanto, no es posible su cambio una vez entre en aplicación a partir del mes de enero de 2022, por estricta disposición de las normas tributarias.
Solamente deben remitir la información al correo antes señalado, quienes se acojan al procedimiento 1, los demás funcionarios no deben informar nada al respecto.
Frente al procedimiento que escoja cada funcionario, se recomienda a cada uno de ustedes, asesorarse conel profesional de su confianza en materia tributaria para que evalué previamente el impacto, por cuanto, el Ministerio se abstendrá de hacerlo.
Cordialmente,
LUIS GABRIEL FERNANDEZ FRANCO
Secretario General