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CIRCULAR 101 DE 2021

(septiembre 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:EMBAJADAS EN EL EXTERIOR

DE:

SONIA MARINA PEREIRA PORTILLA
ASUNTO: Perfiles redes sociales

Respetados funcionarios:

Establece el numeral 12 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016, que es función del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, “Definir, aprobar y dirigir todo lo relacionado con las comunicaciones estratégicas internas y externas, la imagen institucional y la divulgación de los planes, programas, proyectos y actividades del Ministerio y sus Misiones, tanto en el ámbito nacional como internacional”.

En cumplimiento de lo anterior, y por directriz de la señora Vicepresidente y Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, Marta Lucía Ramírez se autoriza a todas las Embajadas y misiones en el exterior la creación de perfiles de sus redes sociales con el objetivo de generar una comunicación más asertiva y efectiva tanto para los connacionales como para la comunidad internacional.

En ese sentido, el GIT de Prensa y Comunicación Corporativa de la Cancillería estará presto a asesorar a quienes los jefes de misión designen para el manejo de dichas redes sociales.

Cordialmente,

SONIA MARINA PEREIRA PORTILLA

Jefe de Gabinete (E)

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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