Buscar search
Índice developer_guide

CONCEPTO 94 DE 2020

(agosto 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:CANCILLERIA INTERNA
DE:CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
ASUNTO:Reiteración Directrices: nueva Cuarenta Estricta en Bogotá.

Estimados funcionarios y colaboradores:

En atención a las decisiones de la Alcaldía Mayor de Bogotá, relacionadas con la nueva cuarentena estricta en siete localidades de la ciudad, las cuales han presentado una alta tasa de transmisibilidad del virus COVID-19, y teniendo en cuenta que las Sedes Centro, Norte y Calle 53 de nuestro Ministerio se encuentran en tres de estas localidades (La Candelaria, Usaquén y Chapinero), de manera atenta, reitero los siguientes lineamientos señalados en la Circular Interna No. C-DM-DSG-20-000015 del 10 de julio de 2020, para su riguroso cumplimiento:

- Los colaboradores que prestan servicios en la planta interna deben continuar acatando la medida del aislamiento preventivo obligatorio que ha sido prorrogada por el Gobierno Nacional hasta las cero horas (00:00) del día 1 de septiembre de 2020, conforme al Decreto 1076 del 28 de julio 2020.

- Sólo se autorizará de forma excepcional la circulación e ingreso a las instalaciones de la entidad a aquellos servidores públicos que deban realizar una actividad necesaria para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria, o un servicio indispensable del Estado que justifique inevitablemente su actividad presencial en el Ministerio, conforme a la medida de implementar una cuarentena estricta en las localidades de Chapinero, Santa Fe, Puente Aranda, Usaquén, Teusaquillo, La Candelaria y Antonio Nariño, desde el 16 de agosto a las 00:00 hasta el 30 de agosto a las 11:59 p.m.

- En este sentido, los jefes inmediatos y supervisores de contratos deberán procurar que los colaboradores que residan enalguna de las localidades mencionadas, no se movilicen durante este tiempo de cuarentena en la ciudad o salgan de sus domicilios para el cumplimiento de una actividad laboral o contractual.

- Para los casos excepcionales de ingreso a las instalaciones del Ministerio, los jefes inmediatos y supervisores de contratos deberán seguir presentando, mediante el formato que ha dispuesto la Dirección de Talento Humano para este fin, la justificación e informar las tareas que son absolutamente necesarias e indispensables realizar de forma presencial en la entidad.

Por último, agradezco el compromiso que cada uno de ustedes ha tenido durante este difícil tiempo de pandemia, el cual ha sido clave en la contención de la propagación del virus COVID-19.

Cordialmente,

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

×
Volver arriba