CIRCULAR 91 DE 2020
(agosto 4)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PARA: | VICEMINISTROS DIRECTORES JEFES DE OFICINA ASESORA |
DE: | CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA SECRETARIO GENERAL |
ASUNTO: | Directrices modificación, creación o eliminación Grupos Internos de Trabajo |
Estimados Viceministros, Directores y Jefes de Oficina Asesora:
De manera atenta me dirijo a sus despachos con el fin de referirme a la necesidad de revisar y en caso necesario actualizar la composición de los Grupos Internos de Trabajo (GIT) al interior de los Viceministerios, Direcciones y Jefaturas de Oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores y evitar la proliferación de actos administrativos que los creen, modifiquen o supriman.
En tal sentido, es necesario por tanto revisar en cada uno de sus despachos la necesidad de ajustar estos GIT, para lo cual se requiere que tomen en cuenta las siguientes directrices:
1. La solicitud de modificación, creación o supresión de Grupos Internos de Trabajo deberá contener el visto bueno del despacho del Ministro, Viceministro o Secretario General según el área de la cual hagan parte.
2. Toda solicitud de modificación, creación o supresión de Grupos Internos de Trabajo necesita contar con el concepto técnico de la Jefatura Asesora de Planeación.
3. Dentro de la solicitud se debe justificar de manera clara la razón de la modificación, creación y supresión de GIT, y para aquellos casos que lo requieran, se debe hacer mención específica de las funciones que se modificaran, crearan o suprimirán.
4. Para los casos en que sea requerida una modificación, creación o supresión de las funciones de un GIT, se deberá mencionar en la solicitud de manera exacta el número de artículo y numeral de la función a modificar, crear o suprimir. De igual forma, este procedimiento aplicará cuando se requiera hacer modificaciones entre Grupos Internos de Trabajo.
Finalmente, con el fin de avanzar en el trámite de elaboración del nuevo proyecto de acto administrativo de modificación o derogación de la Resolución 9709 de 2017, agradezco que la información justificativa sea dirigida a la Dirección de Talento Humano a más tardar el 21 de agosto del año en curso.
Cordialmente,
CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
SECRETARIO GENERAL