CIRCULAR 59 DE 2011
(Agosto 16)
<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Bogotá D.C.
PARA: | Consulados de Colombia en el exterior, Gobernaciones y oficinas de Pasaportes en Bogota |
DE: | SECRETARÍA GENERAL |
ASUNTO: | ENTREGA DE PASAPORTES |
Con el fin de mantener la seguridad y garantizar el orden en el sistema de expedición de pasaportes, se prohíbe estrictamente que los pasaportes tramitados en los Consulados, Gobernaciones y oficinas en Bogotá D.C., sean remitidos a otra oficina distinta al lugar donde se efectuó la solicitud.
Esta prohibición no cobija a los pasaportes tramitados para ser entregados por Servientrega en el territorio nacional.
Atentamente,
MARIA MARGARITA SALAS MÉJIA