CIRCULAR 54 DE 2019
(junio 5)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PARA: | FUNCIONARIOS EN EL EXTERIOR MISIONES EN EL EXTERIOR CANCILLERIA INTERNA |
DE: | CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA |
ASUNTO: | Pago Prima de Servicios. |
Respetados Funcionarios:
Comedidamente se informa a todos los funcionarios que con el fin de dar estricto cumplimiento al Decreto 1042 de 1978, que ordena el reconocimiento y pago de la prima de servicios, la mencionada prima será pagada en el mes de julio, conforme lo ordena el artículo 58 del citado Decreto así:
“ARTÍCULO 58. La prima de servicio. Los funcionarios a quienes se aplica el presente Decreto tendrán derecho a una prima de servicio anual equivalente a quince días de remuneración, que se pagará en los primeros quince días del mes de julio de cada año. ”
Agradecemos su comprensión al cambio generado.
CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
SECRETARIO GENERAL