CIRCULAR 50 DE 2011
(julio 22)
<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Bogotá D.C,
PARA: | Misiones diplomaticas, Oficinas consulares Funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores |
DE: | SECRETARIA GENERAL |
ASUNTO: | Instrucciones para envíos diplomáticos desde y hacia el Ministerio de Relaciones Exteriores. |
De la manera más atenta me permito informar a continuación, los elementos que podrán ser remitidos a través de envíos diplomáticos:
1. Notas suscritas por la señora Ministra ó por los Viceministros, que deban aportarse en original en el país de destino;
2. Despachos comisorios;
3. Certificados de Ingresos y Retenciones, certificados de índole laboral;
4. Antecedentes para la expedición de las libretas militares ó sus duplicados, que deban ser remitidos en original a la Dirección del Reclutamiento del Ejército Nacional y devolución de Tarjetas Militares que no sean entregadas;
5. Papelería, formularios, y documentos de la Registraduría Nacional del Estado Civil (tales como cédulas de ciudadanía de fallecidos o no reclamadas, documentos para la expedición de las cédulas de ciudadanía, tanto primera vez, como duplicados y rectificaciones y, copias de los trámites del registro civil de nacimiento, matrimonio y defunción), para apoyar cuando ésta no los envíe;
6. Formularios de solicitud de cesantías;
7. Condecoraciones;
8. Cartas Credenciales;
9. Letras Patentes;
10. Banderas y Escudos;
11. Devolución de documentos o expedientes en procesos de Cooperación Judicial;
12. Evaluaciones de desempeño de los funcionarios, tanto de Carrera Diplomática y Consular de la República, como de Carrera Administrativa;
13. Documentos que por mandato legal deban ser presentados en el país, en original y con firma autógrafa;
14. Documentos originales dirigidos al DAS para solicitar Antecedentes Judiciales;
15. Copias de los Registros Civiles de nacimiento, matrimonio y defunción para la Notaría Primera de Bogotá;
16. Certificaciones de supervivencia;
17. Actas y documentos de renuncia a la nacionalidad;
18. Actas de recuperación de la nacionalidad;
19. Rendición de Cuentas;
20. Libros de Condolencias;
21. Documentación necesaria para la posesión del cargo en el exterior y memorandos de asignación de funciones;
22. Medicamentos, en los casos que no sea posible su adquisición en el lugar de destino. Deberán estar acompañados por la respectiva formula médica y debida justificación.
Adicionalmente a los documentos mencionados, previo visto bueno de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, las Misiones en el Exterior podrán remitir mediante envío diplomático, las cenizas de colombianos que fallecieron en el exterior y que debido a la situación económica de sus familiares no pueden ser enviadas por sus propios medios.
Los oficios, informes, cuadros, reportes o documentos que dentro del giro ordinario de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares de Colombia en el exterior, deban ser enviados a Colombia deberán tramitarse por vía del correo electrónico, o en caso de ser necesario, vía fax.
Cordialmente,
MARÍA MARGARITA SALAS MEJÍA
Secretaria General