CIRCULAR 42 DE 2020
(marzo 13)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
<Pérdida de fuerza ejecutoria por cumplimiento del objeto>
PARA: | XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX |
DE: | XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX |
ASUNTO: | Actualización Consulados en Redes Sociales y Concurrencias |
Señores Cónsules y Encargados de Secciones Consulares:
De manera atenta, me permito hacer referencia a la información de los Consulados y Secciones Consulares contenida en el Directorio de la página web de la Cancillería, el cual se puede consultar a través del siguiente enlace:
https://tramites.canciHeria.gov.co/ApostiHaLegalizacion/directorio/misionesExterior.aspx
Al respecto, agradeceríamos revisar la información correspondiente a sus oficinas consulares, incluida la información registrada referente a la circunscripción, la cual debe coincidir con lo señalado en el Capítulo 2 del Decreto 1067 de 2015 en su versión más actualizada, que se puede consultar a través del siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/decreto10672015.htm
En caso de requerir cualquier modificación de la información del Directorio, es preciso solicitarla mediante la creación de un caso en Mesa de Ayuda.
Los invitamos igualmente a consultar el procedimiento CO-PT-22 - Publicación de contenidos en redes sociales, el cual se encuentra en el Sistema Maestro para consulta de todos los funcionarios. Incluye los lineamientos para el uso de las redes sociales por los consulados. Sobre el particular, agradecemos ejercer el control correspondiente sobre el uso de las redes sociales por parte de los Consulados Honorarios en lo relativo a sus funciones consulares. En ese sentido, se recuerda que está prohibida la publicación de cualquier contenido sin aprobación del Grupo Interno de Prensa y Comunicación Corporativa.
Cordialmente,
FULVIA ELVIRA BENAVIDES COTES
Directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano