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CIRCULAR 34 DE 2014

(marzo 20)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C.,

Para:GOBERNACIONES
De:ELIAS ANCIZAR SILVA ROBAYO
Asunto:SOBRE REQUERIMIENTO DE LA DIAN

Con el objeto de dar respuesta a las inquietudes expuestas sobre el requerimiento de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN- a los entes territoriales, de reportar información exógena (Resolución 273 de Diciembre 2013), de manera atenta nos permitimos indicar que en cada Gobernación, los autorizadores cuentan con el perfil en el sistema para descargar los informes con la información solicitada,

Es importante resaltar que, según el artículo 6o de la Ley de Habeas Data (Ley 1581 de 2012), el Ministerio de Relaciones Exteriores no puede entregar información sensible de los usuarios sin la debida autorización del titular.

Cordialmente,

ELIAS ANCIZAR SILVA ROBAYO
SECRETARIO GENERAL

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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