CIRCULAR 28 DE 2018
(Marzo 4)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PARA: | Consulados de Colombia en Venezuela |
DE: | ELÍAS ANCÍZAR SILVA ROBAYO |
ASUNTO: | Traslado puestos de votación - Día Domingo 11 de Marzo. |
Señores Cónsules y Encargados de Funciones Consulares
Me permito informarles que la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento del Proceso Electoral que se llevó a cabo el día viernes 02 de marzo de 2018, la cual fue presidida por el señor Ministerio del Interior; en la que participaron los diferentes partidos políticos y entidades del Estado, se decidió el traslado de los puestos y mesas de votación, ubicadas fuera de las sedes de oficinas consulares de los Consulados en Venezuela, para el día domingo 11 de marzo. Dichos puestos de votación serán instalados de forma independiente en las respectivas sedes Consulares.
En este orden, los Consulados para el día domingo contaran en sus respectivas sedes con los siguientes puestos adicionales:
Consulado en Barinas: Un puesto adicional. (Ezequiel Mora)
Consulado en Machiques: Un puesto adicional. (La Villa)
Consulado Maracaibo: Tres puestos adicionales. (San Francisco, Cabinas, Ciudad Ojeda)
Consulado en Mérida: Tres puestos adicionales. (El Vigía, Pueblo Llano, Bailadores)
Consulado en Puerto Ayacucho: Un puesto adicional. (San Fernando de Apure)
Consulado en Puerto de la Cruz: Tres puestos adicionales. (Porlamar, El Tigre, Maturín)
Consulado en Puerto Ordaz: Un puesto adicional. (Bolívar)
Consulado en San Antonio de Táchira: Un puesto adicional. (Rubio)
Consulado en San Carlos de Zulia: Un puesto adicional. (El Chivo)
Consulado en San Cristóbal: Cuatro puestos adicionales. (Fernández Feo, Garcia de Hevia, Jáuregui, Torbes)
Estos puestos de votación deben estar perfectamente identificados de forma independiente y deberán funcionar autónomamente. Igualmente, con el fin de generar el menor traumatismo, es menester adelantar todo el proceso de divulgación y socialización de esta información con nuestros connacionales a través de los diferentes canales dispuestos para tal fin.
Finalmente, será necesaria la modificación del “Acto de designación de puesto”, indicando que los mismos serán trasladados a las oficinas consulares, como se indicó.
Cordialmente,
ELÍAS ANCÍZAR SILVA ROBAYO
Secretario General