CIRCULAR 24 DE 2018
(Febrero 20)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
PARA: | FUNCIONARIOS EN EL EXTERIOR |
DE: | ELÍAS ANCÍZAR SILVA ROBAYO |
ASUNTO: | Información Censo Electrónico Funcionarios en el Exterior |
Respetados funcionarios en el Exterior:
Como es de su conocimiento, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE viene adelantando el Censo Nacional de Población y Vivienda 2018, el cual se puede diligenciar de manera electrónica.
En ese sentido, mediante Decreto 1899 del 22 de noviembre de 2017, el Presidente de la República, determinó que todos los servidores públicos están obligados a diligenciar el Censo Electrónico (E-censo).
En virtud de lo anterior, el DANE respondió múltiples interrogantes efectuados por los funcionarios de la planta externa de la Cancillería en relación con el Censo Nacional de Población y Vivienda 2018, los cuales fueron publicados en la Intranet de la entidad.
No obstante, aún se presentan inquietudes respecto a la obligación de diligenciar el (E-censo) por parte de las personas que laboran en la planta externa, razón por la cual se hacen las siguientes precisiones:
En relación con los funcionaros de planta externa, de acuerdo con la información emitida por el DANE, se deben incluir en el Censo y deben diligenciar el E-censo, las siguientes personas:
- El personal diplomático y sus hogares localizados en el exterior siempre y cuando vivan o residan dentro de las embajadas o consulados. Se debe incluir todo el personal de servicios que viva o resida en las embajadas o consulados ejemplo: chef, conductor o escoltas, entre otros funcionarios de la planta externa.
No se deben incluir en Censo y no deben ahora diligenciar el E-censo, las siguientes personas:
- El personal diplomático y sus hogares que vivan o residan fuera de las embajadas y consulados.
- El personal de servicio que viva o reside fuera de las embajadas o consulados ejemplo: chef, conductor o escoltas
Cordialmente,
ELÍAS ANCÍZAR SILVA ROBAYO
Secretaria General