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CIRCULAR 21 DE 2011

(Marzo 10)

<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá D.C.,

PARA:Funcionarios del Ministerio de Relaciones
 
ASUNTO:Descanso Semana Santa

Respetados Señores:

De manera atenta les comunico que se ha dispuesto conceder los días 18 al 22 de abril de 2011, con el fin de facilitar a los funcionarios de la Cancillería el disfrute de la Semana Santa en familia.

Dicho tiempo será compensado entre el 11 de marzo y el 8 de abril de 2011, una hora diaria, de 5:45 p.m. a 6:45 p.m.

Las personas que están autorizadas para laborar horas extras, deberán tener en cuenta que el tiempo de compensación no se contabiliza como horas extras.

El Jefe de cada dependencia, misión diplomática o consular es el responsable de garantizar el cabal cumplimiento de la hora de compensación de los funcionarios y deberá remitir a la Dirección de Talento Humano, a más tardar 15 de abril de 2011, la certificación de los funcionarios que efectivamente cumplieron la compensación de tiempo.

MARÍA ANGELA HOLGUIN CUELLAR

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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