Buscar search
Índice developer_guide

CIRCULAR 19 DE 2017

(marzo 31)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C.,

Para:Consulados en el Exterior
Delegaciones en el Exterior
Embajadas en el Exterior
Cancilleria Interna
De:Araminta del Rosario Beltran Urrego
Asunto:Formato Único de Inventario Documental GD-FO-08

Teniendo en cuenta que los documentos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio constituyen parte importante del patrimonio documental del país y que los funcionarios son responsables de velar por su conservación; todos los funcionarios que sean vinculados, trasladados o desvinculados de su cargo deberán recibir de su antecesor y entregar a su predecesor o en su defecto, al jefe de la oficina, los documentos y archivos, derivados del ejercicio de sus funciones, debidamente inventariados en el Formato Único de Inventario Documental GD-FO-08, el cual se encuentra publicado en el Sistema Maestro. Este contiene en la hoja dos del mismo formato, un instructivo de diligenciamiento.

Lo anterior, dando cumplimiento a la Ley 594 del 2000 artículos 14 y 15, Ley 734 de 2002 Código Disciplinario Único, artículos 34 y 35 y Acuerdo 038 de 2002 del Archivo General de la Nación.

Cordialmente,

ARAMINTA DEL ROSARIO BELTRAN URREGO

Secretaria General Encargada

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

×
Volver arriba