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CIRCULAR 18 DE 2015

(marzo 4)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C.,

Para:Cancilleria Interna Funcionarios en el Exterior
De:María Victoria Salcedo Bolívar
Asunto:Semana Santa

Cordial saludo,

Para los colombianos la semana santa es una época de reflexión y en virtud de lo contemplado en la Resolución No. 5360 del 10 de septiembre de 2012, por la cual se establece la jornada laboral y el horario de atención al público en el Ministerio de Relaciones Exteriores, los días jueves y viernes santo (2 y 3 de abril) son de descanso remunerado.

Así mismo, informo que NO se concederán permisos remunerados durante los días 30, 31 de marzo y 1° de abril; sin embargo, el día miércoles 1° de abril la salida será a la 1:00 p.m., sin hacer uso de la hora de almuerzo.

MARÍA VICTORIA SALCEDO BOLÍVAR
Secretaría General

Tú opinión vale


*Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co*


Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores.


1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara?
R/ta:

2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta?
R/ta:

3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible?

R/ta:

4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa?
R/ta:

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