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ARTÍCULO 117. <Artículo derogado por el artículo 76 del Decreto 834 de 2013>

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ARTÍCULO 118. <Artículo derogado por el artículo 76 del Decreto 834 de 2013>

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ARTÍCULO 125. <Ver Notas de Vigencia> El presente Decreto deroga el Decreto 2107 del 2001, excepto los artículos 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 y, parcialmente el artículo 28 en lo que se refiere a la clase, categoría y código, los cuales continuarán vigentes y sin modificación alguna; el Decreto 2408 de 1999, el Decreto 1384 de 2002, el Decreto 3521 de 2003 y demás disposiciones que le sean contrarias.

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ARTÍCULO 126. El presente Decreto empezará a regir dos meses a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial, con excepción del Título XIV, Capítulos II y III, el cual entrará en vigor a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Viceministro de Asuntos Multilaterales encargado de las funciones del despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,

Jaime Girón Duarte.

El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS,

Jorge Aurelio Noguera Cotes.

<Notas de Pie de Página incluidas por Avance Jurídico:>

1. Mediante el Decreto 4057 de 2011, publicado en el Diario Oficial No. 48.239 de 31 de octubre de 2011, se suprime el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). Mediante el Decreto 4179 de 2011, publicado en el Diario Oficial No. 48.242 de 3 de noviembre de 2011, se crea el Departamento Administrativo -Dirección Nacional de Inteligencia-, como un organismo civil de seguridad, que desarrolla actividades de inteligencia estratégica y contrainteligencia.

Mediante el Decreto 4062 de 2011, publicado en el Diario Oficial No. 48.239 de 31 de octubre de 2011, "se crea la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, se establece su objetivo y estructura". Que dentro de sus considerandos establece: "...Que como consecuencia de la supresión del Departamento Administrativo de Seguridad –DAS–, los objetivos y funciones en materia de vigilancia y control migratorio y de extranjería, fueron trasladadas a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia."

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de julio de 2019

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