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ARTÍCULO 452. CONTENIDO DEL ACTA DE INVENTARIO. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 453. OBLIGACIÓN DE INFORMAR. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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SECCIÓN IV.

FALTANTES Y SOBRANTES DE MERCANCÍAS

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ARTÍCULO 454. FALTANTES. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 455. TÉRMINO DE UBICACIÓN DE FALTANTES EN BODEGA. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 456. VALOR DE LIQUIDACIÓN DE FALTANTES. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 457. INCONSISTENCIAS EN EL INGRESO DE MERCANCÍAS. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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SECCIÓN V.

TRASLADOS DE MERCANCÍAS

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ARTÍCULO 458. CLASES DE TRASLADOS. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 459. OBLIGACIÓN DE INFORMAR EL TRASLADO. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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CAPÍTULO II.

DISPOSICIÓN DE MERCANCÍAS

SECCIÓN I.

DISPOSICIONES GENERALES

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ARTÍCULO 460. COMPETENCIA. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 461. CONTENIDO DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DE TITULARIDAD. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 462. FORMAS Y TÉRMINO DE PAGO. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 463. ENTREGA DE LAS MERCANCÍAS. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 464. DEVOLUCIONES DE DINERO. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 465. APROBACIÓN DE LOS EVENTOS DE DISPOSICIÓN. <Artículo derogado por el artículo 7 de la Resolución 11044 de 2009>

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ARTÍCULO 466. PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DEL PRECIO BASE DE VENTA. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 467. PLIEGO DE CONDICIONES. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 468. PUBLICIDAD. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 469. MODALIDADES DE VENTA. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 469-1. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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SECCIÓN II.

ASPECTOS PARTICULARES DE ALGUNAS MODALIDADES DE VENTA

PARTE I.

CONVOCATORIA GENERAL

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ARTÍCULO 470. DEFINICIÓN. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 471. ADJUDICACIÓN. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 472. INCUMPLIMIENTO DEL PAGO. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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PARTE II.

CONVOCATORIA ESPECIAL

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ARTÍCULO 473. DEFINICIÓN REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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PARTE III.

VENTA A PRECIOS FIJOS

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ARTÍCULO 474. DEFINICIÓN. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 475. PUBLICIDAD Y EXHIBICIÓN. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 476. OPERADORES DE VENTA. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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PARTE IV.

VENTA POR REMATE EN PUBLICA SUBASTA

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ARTÍCULO 477. DEFINICIÓN Y RESPONSABLES. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 478. JUNTA DIRECTIVA. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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PARTE V.

VENTA POR CONSIGNACIÓN

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ARTÍCULO 479. DEFINICIÓN Y COMPETENCIA. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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La venta por consignación es aquella mediante la cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales previo perfeccionamiento del contrato correspondiente, entrega mercancías a terceros, denominados consignatarios, para que efectúen la venta a precios fijos. Los Administradores serán responsables de adelantar los trámites de consignación de mercancía, previa autorización de la Subsecretaria Comercial.

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ARTÍCULO 480. ENTREGA DE MERCANCÍAS. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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ARTÍCULO 481. INFORME PERIODICO. <Artículo derogado por el artículo 20 de la Resolución 42 de 2016>

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 30 de septiembre de 2017

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