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RESOLUCIÓN 33 DE 2006

(junio 20)

Diario Oficial No. 46.313 de 28 de junio de 2006

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 5630 de 2004 derogada por el artículo 37 de la Resolución 174 de 2012>

Por medio de la cual se adiciona el artículo 14 de la Resolución Orgánica 5630 de 27 de diciembre de 2004.

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en uso de facultades constitucionales, legales y en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto-ley 267 de 22 de febrero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia señala en el artículo 267: “La Contraloría es una entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal. No tendrá funciones administrativas distintas de las inherentes a su propia organización”;

Que con fundamento en este precepto constitucional, el artículo 1o del Decreto-ley 267 de 2000, señala: “La Contraloría General de la República es una organización de control del Estado de carácter técnico con autonomía administr ativa y presupuestal para administrar sus asuntos en los términos y en las condiciones establecidas en la Constitución y las leyes”;

Que el artículo 66 del Decreto-ley 267 de 2000, asigna las siguientes funciones a la Dirección de Recursos Físicos: “(...) 4. Administrar los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Contraloría General de la República; 5. Manejar y llevar el control de los inventarios y de los seguros de los bienes de la Contraloría General de la República. (...) 8. Efectuar los estudios y trámites necesarios que permitan descargar periódicamente de los inventarios los elementos innecesarios (...)”;

Que a través de la Resolución Orgánica 5630 de 27 de diciembre de 2004, el Contralor General de la República “reestructura el Comité Evaluador de Bajas de los bienes muebles en el Nivel Central, se conforma en el Nivel desconcentrado de la Contraloría General de la República, se delegan funciones administrativas y se dictan otras disposiciones en materia de bajas”;

Que en el parágrafo del artículo 14 de la Resolución Orgánica 5630 de 2004, señala: “Para dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 21 de la Resolución Orgánica 5582 de 2004, las Gerencias Departamentales deberán remitir a la Dirección de Recursos Físicos, previo al inicio del proceso de baja respectivo, la relación detallada de los bienes que van a darse de baja, para que esta Oficina expida la certificación de inventarios, con sujeción al procedimiento respectivo”;

Que en el proceso de mejoramiento continuo, la Dirección de Recursos Físicos ha encontrado la necesidad de dinamizar los procedimientos de baja de bienes devolutivos de propiedad de la Contraloría General de la República en el Nivel Desconcentrado;

Que por lo anterior se hace necesario adicionar un parágrafo al artículo 14 de la Resolución Orgánica 5630 de 27 de diciembre de 2004;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 37 de la Resolución 174 de 2012> Adicionar un parágrafo al artículo 14 de la Resolución Orgánica 5630 de 27 de diciembre de 2004, el cual quedará así:

Artículo 14. Elaboración y presentación de los estudios de conveniencia. De conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 66 del Decreto-ley 267 de 2000, la Dirección de Recursos Físicos, a través del funcionario encargado de las bajas en el Nivel Central, elaborará los estudios de conveniencia para adelantar la baja y los presentará al Comité Evaluador de Bajas, para lo cual deberá basarse en el informe del funcionario técnico especializado, siguiendo el procedimiento señalado para tal efecto.

PARÁGRAFO 1o. Para dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 21 de la Resolución Orgánica 5582 de 2004, las Gerencias Departamentales deberán remitir a la Dirección de Recursos Físicos, previo al inicio del proceso de baja respectivo, la relación detallada de los bienes que van a darse de baja, para que esta Oficina expida la certificación de inventarios, con sujeción al procedimiento respectivo.

PARÁGRAFO 2o. A partir de la fecha de expedición de la respectiva certificación de Inventarios, las Gerencias Departamentales tendrán un plazo de un (1) mes para iniciar el proceso de baja de elementos devolutivos y enviar a la Dirección de Recursos Físicos copia del acta del Comité de Bajas.

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ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 37 de la Resolución 174 de 2012> La presente resolución reglamentaria rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona la Resolución Orgánica 5630 del 27 de diciembre de 2004.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 20 de junio de 2006.

El Contralor General de la República,

ANTONIO HERNÁNDEZ GAMARRA.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de marzo de 2018

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